Esta es la cantidad máxima de dinero que puedes transferir desde la app de tu banco, según el SAT ¿Qué pasa si me excedo?
El MTU funciona como un tope que cada usuario podrá establecer en su aplicación o banca en línea. Dicho límite podrá configurarse de manera diaria, semanal o mensual.

México.- El Banco de México (Banxico) confirmó que a partir del 1 de octubre de 2025 entrará en operación el Monto Transaccional del Usuario (MTU), una herramienta que permitirá a los clientes fijar un límite máximo para sus transferencias bancarias, con el objetivo de prevenir fraudes y dar mayor seguridad en el manejo de sus recursos.
¿Qué es el MTU?
El MTU funciona como un tope que cada usuario podrá establecer en su aplicación o banca en línea. Dicho límite podrá configurarse de manera diaria, semanal o mensual.
Por ejemplo, si un cliente fija un MTU de 10 mil pesos diarios, ninguna transferencia podrá rebasar ese monto sin autorización adicional.
A partir de octubre, todos los bancos deberán habilitar esta función en sus plataformas digitales. Hasta ahora, HSBC México es la institución que ha dado más detalles, aunque la medida será obligatoria en todo el sistema bancario.
¿Y qué pasa con el SAT?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene un esquema de vigilancia para las transferencias que superan ciertos montos, con el fin de prevenir operaciones ilícitas y detectar ingresos no declarados.
De acuerdo con la autoridad fiscal, toda transferencia que exceda los 15,000 pesos —ya sea entre cuentas propias en distintos bancos o hacia terceros— genera alertas y puede ser objeto de seguimiento.
Multas y retenciones
Si un contribuyente excede dicho monto, el SAT puede aplicar medidas como:
- Multas por omisión de información.
- Retención del 3% sobre el excedente, bajo el concepto de Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
Incluso las transferencias entre cuentas propias pueden ser interpretadas como ingresos adicionales, lo que obliga al contribuyente a demostrar que no se trata de depósitos externos.
Obligaciones fiscales
Desde 2021, los contribuyentes están obligados a llevar un registro de todos los ingresos y depósitos en sus cuentas, según el artículo 59, fracción III del Código Fiscal de la Federación.
Esto significa que, en caso de revisión, el SAT puede solicitar pruebas de que los movimientos corresponden a traspasos internos y no a ingresos no reportados.
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