11 motivos por los que puedes perder la Pensión del Bienestar en 2024
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicaron las reglas de operación de este programa del Bienestar para 2024, donde se establecen los motivos por los que un beneficiario puede darse de baja definitivamente
MÉXICO.- La Pensión del Bienestar es un derecho constitucional para los adultos mayores de 65 años de edad y más, pero hay varios motivos por los que se puede perder este apoyo bimestral de 6 mil pesos.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicaron las reglas de operación de este programa del Bienestar para 2024, donde se establecen los motivos por los que un beneficiario puede darse de baja definitivamente.
¿Por qué se puede dar de baja a un adulto mayor de la pensión universal?
1. Baja por CURP en estatus de defunción. Cuando se identifique registros de derechohabientes con el estatus “baja por defunción”, se procederá a dar de baja del padrón, como resultado de la verificación con el Registro Nacional de Población.
2. Baja por defunción. Cuando se informe el fallecimiento de un derechohabiente por parte de la persona auxiliar, la delegación de Programas para el Desarrollo, el Registro Civil o la autoridad local
3. Baja por inconsistencia de datos de identificación del beneficiario. Si se identifica que los documentos de identidad de la persona son apócrifos, pertenecen a otra persona o no corresponde la información entre sí.
4. Baja por dos no cobros consecutivos. Si los derechohabientes que deben cobrar en efectivo, no se presentan a recibir los pagos de hasta dos bimestres, pueden perder la pensión universal.
5. Baja por posible duplicidad. Si se detecta que hay duplicidad del beneficio, se perderá el apoyo.
6. Baja por inconsistencia en el medio de cobro. Cuando se detecte alteración o falsificación del documento de cobro del derechohabiente, se dará de baja del padrón.
7. Baja por no localización del beneficiario. Si se visita en el domicilio al adulto mayor en su domicilio y no se localiza, hasta en dos ocasiones consecutivas, en días y horarios diferentes, se perderá el beneficio.
8. Baja por no presentarse a recoger el medio de cobro. Si después de dos bimestres de pago, el beneficiario no recoge su medio de pago, perderá el apoyo.
9. Baja por incumplimiento a las reglas de operación. Si no se da seguimiento a los trámites, ya sea personalmente o a través de una persona auxiliar
10. Baja por cobro simultáneo. En caso de que se identifique en el padrón que existen dos o más registros de un derechohabiente y se haya realizado el cobro o depósito bancario de la pensión en uno o más bimestres
11. Baja voluntaria. Si por alguna razón el beneficiario desea darse de baja, podrá hacerlo en cualquier momento.
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