Jornada laboral: ¿Cuánto me deben de pagar si trabajo en mi día de descanso?
Conoce la cantidad de dinero que deben pagarte cuando trabajas en tu día libre.
CIUDAD DE MÉXICO.-Trabajar en tu día libre puede generar dudas sobre el pago que mereces. Aquí te explicamos dos conceptos importantes:
Prima Dominical y Días de Descanso.
Prima Dominical:
- Es un extra que el jefe paga al empleado por trabajar los domingos, siempre y cuando su día de descanso sea en otro momento de la semana. El monto adicional es el 25% de tu salario diario normal.
Días de Descanso:
- Hay dos tipos: el semanal, que te da derecho a un día libre por cada seis trabajados con salario completo, y el obligatorio, que son los días feriados.
- Descanso Semanal: Después de seis días de trabajo, tienes derecho a un día libre con pago completo.
- Descanso Obligatorio: Son los días feriados de ley.
Días de descanso obligatorios
- El 1o. de enero;
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- El 1o. de mayo;
- El 16 de septiembre;
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- El 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Pago por trabajar en días de descanso:
Cuando trabajas en tu día libre, el empleador debe pagarte el doble, independientemente de tu salario normal. Si trabajas en un día feriado de ley, deben de pagarte el triple.