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Gubernatura de 5 años es válida: Abogado

Con la aprobación de tres cabildos la reforma será declarada válida, señaló Rosendo Cervantes.

Gubernatura de 5 años es válida: Abogado

Mexicali, B.C.

Una vez que los cabildos de Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito votaron a favor de la ampliación del periodo de gubernatura para Baja California, la reforma será declarada válida y vinculatoria, expresó el abogado Rosendo Cervantes García, presidente del Colegio de Abogados de Mexicali.

De acuerdo a lo que señaló el abogado, para ser aprobada la reforma el Congreso del Estado debe tener el voto a favor de una mayoría simple (al menos 13 diputados), situación que se cumplió con el voto de 21 legisladores.

Por ser una reforma a la Constitución Política de Baja California, esta requirió la aprobación de al menos tres de los cinco municipios del estado para poder considerarla válida.

Con la aprobación de Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito, y una vez que se entregue la documentación requerida de vuelta al Congreso del Estado, se estarían cumpliendo los requisitos del artículo 112 para declarar esta reforma válida.

“Se declara como válida la reforma al incorporar el voto de estos Ayuntamientos, y una vez que se publica es vigente y vinculatoria para todos”, expresó.

En el mismo artículo 112 de la Constitución, se señala que una vez aprobada por los municipios dicha reforma “deberá promulgarse sin necesidad de ningún otro trámite”.

Este párrafo, explicó el entrevistado, puede interpretarse como una forma de señalar que no se requiere que el Ejecutivo Estatal ordene la publicación de la reforma, sino que el propio Congreso puede mandar a pedir la publicación.

RECURSOS

Para Cervantes García, la intención de los partidos políticos de oposición a la próxima administración estatal de interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no sería procedente.

Esto debido a que el apartado F del artículo 105 de la Constitución Mexicana establece que los partidos políticos con registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE) pueden presentar acciones de inconstitucionalidad en contra de Leyes electorales, más no reformas a la Constitución.

Sin embargo, el entrevistado admitió que esta opinión se basa en su propia interpretación de las leyes, y que será la Suprema Corte de Justicia quien definirá finalmente si estos recursos son válidos o no.

“Es la interpretación textual de la ley, pero a final de cuentas quien va a tener que resolver si es o no procedente”.

Un recurso que podría emplearse ante la reforma aprobada por el Congreso, resaltó el abogado, es el la figura del Referéndum, donde los ciudadanos pueden dar su aprobación o rechazo ante modificaciones, reformas o adiciones a la Constitución del Estado

La solicitud de referéndum se tiene que hacer ante el Instituto Estatal Electoral (IEE), y puede ser solicitado por el Gobernador del Estado, al menos dos Ayuntamientos Municipales, y los ciudadanos que representen al menos el 1.5% de la lista nominal estatal.

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