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Está en riesgo registro de Panal y PES

Está en riesgo registro de Panal y PES

Tras el término de los cómputos distritales en el país, los datos del Instituto Nacional Electoral (INE) confirman que ni Encuentro Social (PES) ni Nueva Alianza (Panal) obtuvieron el 3% de los votos en alguna de las elecciones federales de 2018.



Esto significa que no cumplen con el porcentaje mínimo de votos requerido para mantener su registro como partidos políticos nacionales, por lo que la Comisión de Fiscalización del INE habría iniciado ya el proceso de liquidación para ambos partidos.



Según los resultados de los cómputos, en total fueron cinco partidos quienes en la votación a la presidencia de la República no alcanzaron el porcentaje mínimo para mantener su registro nacional de acuerdo a lo que exige la Constitución.



Estos son el Partido de la Revolución Democrática (PRD) con el 2.83% de la votación, Verde Ecologista de México (PVEM) con 1.85%, Movimiento Ciudadano con 1.78%, Nueva Alianza (Panal) con el 0.99% y Encuentro Social (PES) con el 2.70% de los votos.



Sin embargo, debido a que los partidos Movimiento Ciudadano, PRD y Verde Ecologista superaron el 3% de la votación tanto en las elecciones a Diputaciones Federales como por el Senado, ya no corren el riesgo de perder su registro.



De acuerdo a la ley, para que el partido pueda conservar su registro como partido nacional es necesario que alcance la votación requerida en cualquiera de las elecciones federales.



A pesar de esto todavía quedan algunas semanas antes de que se den a conocer los resultados definitivos, por lo que Nueva Alianza y PES tienen la posibilidad de impugnar el resultado ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.



De confirmarse su pérdida de registro, ambos partidos tienen la posibilidad de registrarse como partidos locales ante los organismos de las entidades federativas “en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos” según dicta el artículo 95 de la Ley General de Partidos Políticos.

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