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El Imparcial / Tijuana / Congreso del Estado

Buscan quitar beneficios a delincuentes

Un aumento en las penas de asesinos y menos beneficios para quienes comentan robo agravado son una potencial realidad, con la propuesta de reforma promovida por el Gobierno del Estado, tras las exigencias de organismos empresariales y consejos de seguridad pública.

Como pena mínima los homicidas y feminicidas recibirían 30 años en la cárcel de aprobarse la reforma al Código Penal en ocho artículos, que se está analizado en el Congreso de Baja California.

En la actualidad la pena mínima para quien cometió un asesinato es de 20 años, en algunos casos puede gozar de un juicio abreviado que reduce aún más la pena a cambio de que el imputado se declare culpable.

El Gobierno del Estado presentó la iniciativa de reforma que aumenta diez años en la pena minima por dichos delitos. Además pretende eliminar beneficios como los juicios abreviados en robos agravados.

El titular del Poder Ejecutivo, Francisco Vega de Lamadrid, presentó la iniciativa al Congreso del Estado, comentó el Secretario General de Gobierno (SGG), Francisco Rueda Gómez.

La iniciativa recoge las preocupaciones de diferentes sectores de la sociedad civil luego de una mesa de dialogo con los organismos empresariales y los consejos ciudadanos de seguridad pública, precisó Rueda.

“Se plantea una problemática y se presenta esta iniciativa que contiene un aumento en las penas a quienes cometan homicidio y feminicidio, en este momento el Código establece que hay una penalidad mínima de 20 años, lo aumentamos a 30”, dijo Rueda.

También hay un incremento en las penas mínimas y eliminación de beneficios a los que cometan una serie de delitos, particularmente el de robo calificado con agravantes, esto quiere decir que haya sido con violencia, en un lugar cerrado, con armas, entre otras condiciones.

La propuesta señala que en el delito de robo agravado; que establece tres años como pena mínima, suba a seis años, y eliminar los beneficios como la oportunidad de un juicio abreviado.

“Cuando hay agravantes la ley otorga ciertos beneficios de penas menores, o no le suman más penas, con esto eliminamos esa discrecionalidad y estamos aumentando las penas, la ley ya no va a tener ningún beneficio de poder decidir si son menos años”, definió.

En la mesa de dialogo de esta propuesta, estuvo presente el Poder Judicial y el Poder Legislativo, por eso se presentó la iniciativa y será turnada a comisiones.

El secretario se demostró seguro de que la reforma tiene un amplio consenso que abonará a que no tardé demasiado en ser votada por los diputados del Poder Legislativo.

La preocupación de los integrantes de los Consejos motivó agilizar la reforma, ya que fue un tema reiterado en las reuniones, añadió que el Congreso hizo el compromiso de sacar adelante la iniciativa de forma rápida.

La iniciativa de decreto reforma los artículos 29, 85, 86, 126, 129, 208, 208 BIS, 243, 247 del Código Penal para el Estado, adicionando el artículo 243 BIS, y deroga la fracción III del artículo 85”, precisa el documento entregado al Congreso.

El documento destaca que se elimina la referencia al salario minino como unidad de cuenta, índice, base, referencia o medida, debiendo sustituirlas por las relativas a la unidad de medida y actualización (UMA).

Establece la sustitución de pena cuando no exceda de cuatro años por tratamiento en libertad y además en semilibertad o trabajo en favor de la comunidad.

La reforma señala que en los casos de secuestro no proceda la sustitución, salvo que los sentenciados cooperen en la investigación y localización de las víctimas.

Para el robo de vehículo si este se ejecuta con violencia aumenta la pena como agravante de 3 a 6 años de prisión (antes de 1 a 3 años).

Por delitos relacionados con inhumación y exhumación se aumenta la pena de 1 a 5 años (antes de 6 meses a 5 años).

“Para el caso de quien oculte, deseche, incinere, sepulte, inhume, desintegre o destruya, total o parcialmente, restos de un ser humano o el cadáver de una persona, con el fin de ocultar la comisión de un delito, se le impondrá pena de quince a veinte años de prisión y de mil a mil quinientos días multa”, precisa la iniciativa.

Bandas para delinquir

Aumenta la pena de 6 a 15 años de prisión (antes de 2 a 8 años), a quien participe en una asociación o banda de tres o más personas, organizada para delinquir, por el sólo hecho de ser miembro de la asociación e independientemente de la pena que le corresponda por el delito que pudiere cometer o haya cometido, informa.

Se aumenta la pena al doble si el delito es cometido por servidores públicos pertenecientes a instituciones de seguridad pública, fuerzas armadas, procuración o impartición de justicia o de ejecución de sanciones penales, o haya laborado en ellas.

Finalmente precisa que se permite la reducción de las penas en caso de que los sentenciados cooperen con la investigación.

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