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Perito tercero en discordia

…y de la diferencia nace la discordia, y de la discordia viene el apartamiento de la unidad (Erasmo de Rotterdam).

…y de la diferencia nace la discordia, y de la discordia viene el apartamiento de la unidad (Erasmo de Rotterdam).

En el Capítulo V del “Manual de Prueba Pericial, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación” refiere:

Es francamente notorio lo mal que los sistemas jurídicos de nuestra tradición romano-germánica han abordado el tema de los desacuerdos entre personas expertas, la mayoría de ellos incorporando la figura del llamado perito tercero en discordia, consistente en llamar a un tercero que se pronuncie sobre lo que han dicho y hecho las personas expertas que desacuerdan o incluso emita un tercer dictamen que no considere lo anterior. Ese tercer perito normalmente es nombrado por el juez, no por las partes, lo que ha generado una deferencia en este tercero simplemente por el hecho de ser oficial. El argumento que acompaña también a lo anterior es que cuando la mayoría se inclina a un lado u otro, es decir, que cuando dos de las tres personas peritas coinciden, entonces esa mayoría es seguramente la que tiene la razón. Aunque si bien es cierto que en determinadas condiciones el hecho de que la mayoría sostenga u apoye alguna cuestión podría darnos cierta información, se trata más bien de las razones que tenga esa mayoría y no de una cuestión netamente cuantitativa.

Más allá de cómo se han gestionado los desacuerdos entre personas peritas, parece que subyace a todo ello la idea de que tales desacuerdos son en sí mismos negativos, sea porque alguna de las personas expertas no está siendo sincera, imparcial u objetiva, o porque la dinámica del proceso judicial alienta tales diferencias.

Si esta fuera la concepción que explica

…y de la diferencia nace la discordia, y de la discordia viene el apartamiento de la unidad.

cómo hemos tratado los desacuerdos periciales, podríamos decir que se trata de un error sustantivo que ha traído consecuencias epistemológicas de calado, puesto que no solo hemos perdido información relevante sobre el caso al no indagar las razones del desacuerdo, sino que incluso podrían haberse tomado decisiones judiciales erróneas por ello. Sin lugar a duda, necesitamos un cambio en nuestra concepción y tratamiento de los desacuerdos periciales.

Habría que empezar por asumir que los desacuerdos entre personas expertas no solo son normales, como puede verse fuera del contexto procesal, sino que pueden ser incluso enriquecedores, dado que nos podrían mostrar un panorama más amplio sobre lo que se debate, o incluso sobre lo que se sabe de un tema. En definitiva, los desacuerdos son una potencial fuente de información y, por ello, habría que buscar maneras de gestionarlos mucho mejor en el ámbito jurídico-procesal.

Así entonces los desacuerdos de los peritos pueden ser por diversas causas: Desacuerdos sobre las generalizaciones teóricas o las generalizaciones metodológicas; fundamentos empíricos, el consenso de cierto grupo de personas expertas, también influye la experiencia entre sujetos;

También existen los desacuerdos sobre cuáles son los hechos del caso considerados relevantes: los datos en bruto, las proposiciones del caso, así como las observaciones realizadas; los desacuerdos podrían radicar en interpretaciones dadas, así como diferencias al tratar el caso individual habiendo solo trabajado con generalizaciones.

*El autor es Coordinador del Área Pericial del Instituto INJUS.

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