Los bancos y el SAT
Evitar los impuestos es el único esfuerzo intelectual que tiene recompensa.-John Maynard Keynes
Evitar los impuestos es el único esfuerzo intelectual que tiene recompensa.
-John Maynard Keynes
La Presidencia de la República pidió a la Cámara de Diputados modificar el Código Fiscal de la Federación, como parte del paquete fiscal 2020, para incluir una medida mediante la cual las instituciones financieras deberán entregar la información personal de sus clientes, con el fin de poder fiscalizar y ubicar a los contribuyentes.
Así las cosas, con ello se busca contrarrestar que los contribuyentes entreguen información de contacto falsa al SAT, para evitar ser notificados sobre multas y trámites fiscales, argumentando que nunca fueron contactados.
Los bancos y las instituciones de préstamos tienen la obligación de solicitar a sus cuentahabientes el correo electrónico, número de teléfono u otro medio de contacto personal para entregarlos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En ese orden de ideas, la propuesta enviada por el Gobierno Federal a la Banca, explica que cuando un contribuyente registra medios de contacto erróneo o inexistente se entiende que se opone a la notificación de promociones, solicitudes, avisos, cumplimiento a requerimientos y consultas del SAT.
Se busca que las instituciones bancarias soliciten esta información ya que actualmente estas no están obligadas a entregar al SAT el correo electrónico o número telefónico de sus usuarios, únicamente el domicilio y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).Entre los datos que recaban los bancos se encuentran la nacionalidad, residencia, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, y ahora tendrá que entregar el teléfono y el correo electrónico.
La exposición de motivos de la iniciativa manifiesta “Que las Instituciones Financieras y Socap (Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo) están obligadas a obtener de sus cuentahabientes los datos relativos a su correo electrónico, número de teléfono o algún otro medio de contacto electrónico que determine el SAT”.
Cuando se realiza una inscripción ante el SAT, los contribuyentes entregan datos generales, y con esta nueva medida “se podrán alinear los datos de identidad respecto a contribuyentes inscritos, a través de las Entidades Financieras y Socaps”.
Se pretende con esta iniciativa realizar una modificación de la fracción V del artículo 32-B del Código Fiscal Federal donde se expresa que “Cuando las formas aprobadas requieran dicha información, las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo (Socap) deberán proporcionarla”.
*El autor es abogado fiscalista.
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