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Impuesto Sobre Automóviles Nuevos para 2020

Uno de los casos más comunes de impuestos discriminatorios es el de un derecho sobre la importación de una mercancía que puede producirse en el país, no acompañado de un impuesto equivalente sobre la producción nacional. John Stuart Mill

Uno de los casos más comunes de impuestos discriminatorios es el de un derecho sobre la importación de una mercancía que puede producirse en el país, no acompañado de un impuesto equivalente sobre la producción nacional.

John Stuart Mill

El pasado 14 de enero del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el anexo 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal, mismo que resulta referente a las tarifas para determinar el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos para el año 2020.

Así las cosas, referente a las tarifas para determinar el impuesto sobre automóviles nuevos se ordenó en una tabla donde, si el límite inferior es de $0.01 y su límite superior es de $283,241.20 se aplicara una tasa sobre el excedente del límite inferior del 2.0%, si el límite inferior es de $283,241.21 y el límite superior es de $339,889.38 se aplicara una tasa sobre el excedente del límite inferior del 5.0%, si el límite inferior es de $339,889.39 y el límite superior es de $396,537.78 se aplicará una tasa sobre el excedente del límite inferior del 10.00%, si el límite inferior es de $396,537.79 y el límite superior de $509,833.94 se aplicara un tasa sobre el excedente del límite inferior del 15.00% y si su límite inferior es de $509,833.95 y su límite superior es del límite inferior en adelante se aplicará una tasa sobre el excedente del límite inferior del 17.00% en el anexo se hace una nota en la que, si el precio del automóvil es superior a $782,125.30 se reducirá del monto del impuesto determinado la cantidad que resulte de aplicar el 7% sobre la diferencia entre el precio de la unidad y los $782,125.30.

En ese sentido, las cantidades a las que se refieren en el artículo 8 fracción II primer y segundo párrafo de la Ley del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, la cantidad que corresponde al segundo párrafo cuando en la enajenación al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos, cuyo precio de enajenación, incluyendo el equipo opcional, común o de lujo, sin disminuir el monto de descuentos, rebajas o bonificaciones no exceda de la cantidad de $263,690.54 siendo que anterior a la modificación no debía exceder de $256,084.82 y en el segundo párrafo cuando se trate de automóviles cuyo precio de enajenación se encuentre comprendido entre: $263,690.55 y hasta $334,008.02, la exención será del 50% del pago del impuesto que establece la Ley de ISAN.

Por último, se publicaron una serie de listas donde se dan a conocer los códigos de claves vehiculares registradas.

* El autor es abogado fiscalista.

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