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Quietud en movimiento

En el año 2011 se reformaron diversos artículos de la Constitución política del país con lo cual hubo un cambio fundamental en nuestro entendimiento de los derechos humanos. Antes de la mencionada reforma, el artículo primero estipulaba que: “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución…”. Actualmente dispone que “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte…”. Muchos asumirán que un cambio en la redacción de algunos artículos no tendrá mayores efectos. Coincido con dicha mentalidad en ciertos casos. Sin embargo, en un país donde se violan sistemáticamente derechos humanos, la transición hacia un nuevo paradigma y entendimiento de los mismos era impostergable. El estudio de este tema es apasionante y extenso, por lo que me gustaría centrarme un aspecto concreto: la ampliación del catálogo de derechos humanos. Actualmente, no solo se reconocen los derechos humanos contenidos en nuestra Constitución, sino adicionalmente aquellos comprendidos en los tratados internacionales ratificados por el Senado mexicano. Además, se establece que las normas relativas a derechos humanos serán interpretadas de conformidad a la Constitución y tratados internacionales. Por lo tanto, la Constitución en materia de derechos humanos no es superior o inferior a los tratados internacionales y viceversa. De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Estado mexicano forma parte de 210 tratados internaciones en materia de derechos humanos. Dado nuestro paupérrimo récord en la materia, dichos documentos son letra muerta en la realidad. La gran labor será su aplicación en el futuro. El próximo gobierno ha declarado que los derechos humanos serán prioritarios, Olga Sánchez Cordero dixit. Pero una de las grandes propuestas de infraestructura del obradorismo, el Tren Maya que recorrerá el Sudeste mexicano, como está planteada en este momento representaría una abierta y flagrante violación a los derechos humanos de los pueblos indígenas que habitan en esa región. En el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por el Estado mexicano el 11 de julio de 1990, se estipula el derecho humano de los pueblos indígenas a ser consultados en caso de enajenación de sus tierras. A pesar de lo anterior, el presidente electo ha anunciado que el 1 de diciembre de 2018 comenzará el proceso de licitación pública del Tren Maya. De llevarse a cabo, el gobierno obradorista empezaría su gestión marcada por una violación de derechos humanos gravísima. Posdata francés Hace algunos años fui estudiante de intercambio en Lyon, Francia. Allá tuve la oportunidad de tomar la materia de derechos humanos y discutir el tema ampliamente con alumnos y profesores locales. En aras de polemizar un poco, discutimos el caso Florence Cassez, el cual toca fibras sensibles de juristas franceses. Para ellos era simplemente inimaginable el contexto y circunstancia en que se dio el caso, para ellos los derechos humanos se dan por sentados y punto. Aquí, pues... no tanto. *El autor es abogado egresado de la Universidad Panamericana.

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