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Lex Tributum

Informa a nuestros compatriotas de que el impuesto que se pague con el propósito de educar no es más que la milésima parte de lo que se tendrá que pagar a los reyes, sacerdotes y nobles que ascenderán al poder si dejamos al pueblo en ignorancia. –Thomas Jefferson Las instituciones financieras tienen hasta el 25 de septiembre de este año para presentar los reportes de cuentas FATCA y CRS referente a los Anexos 25 y 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, tras una prórroga que dio el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Así las cosas, a través de un comunicado emitido por el SAT, se dio a conocer que dicha autoridad tributaria trabajó activamente desde enero, en la migración del ambiente de producción diseñado para la transición de los reportes de cuentas en materia de FATCA y CRS, así como el robustecimiento de las políticas de seguridad de la información. No obstante, debido a la complejidad del ambiente y las reglas operativas del propio sistema, se generaron errores e intermitencias que obstaculizaron el que las instituciones financieras pudieran transmitir exitosamente durante la última quincena del mes de julio. De acuerdo al comunicado del SAT emitido el 7 de septiembre del presente año, tales inconsistencias han sido solventadas, por lo que el ambiente productivo ya se encuentra funcionando correctamente. Es por ello que el SAT brinda la facilidad para que las instituciones financieras presenten los reportes a que se refieren los Anexos 25 y 25-BIS de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, sin que estos se consideren extemporáneos hasta el 25 de septiembre. En ese sentido, dicha medida se hará extensiva a los trámites contenidos en las fichas 238/CFF “Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros)” y 255/CFF “Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicio conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF”. Bajo dicha tesitura, por medio del comunicado, el SAT garantiza que cualquier irregularidad en el envío de información será atendida a la brevedad, además de que la regla que da sustento jurídico a esta medida será publicada en el diario Oficial de la Federación. Cabe recalcar que el FATCA es un acuerdo interinstitucional que tienen el Departamento de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés) y el SAT para enviarse información mutuamente respecto las cuentas bancarias de los extranjeros en México y viceversa, esto con la finalidad de evitar la defraudación fiscal y el lavado de dinero, por lo que el momento de la fiscalización mundial ha llegado y más para nosotros como frontera. * El autor es Abogado Fiscalista.

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