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Lex Tributum

“Los ricos no son como nosotros, pagan menos impuestos” Peter de Vries Tras haber tomado medidas necesarias para evitar la cancelación indebida de CFDI, un problema que afecta a multitud de contribuyentes, el Ejecutivo Federal, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), con el objetivo de poner en marcha una nueva política de cancelación de CFDI que exige la aceptación del receptor del comprobante para que pueda llevarse a cabo, en principio, esta iniciativa iba a entrar en vigor a partir de mayo, aunque posteriormente otorgó una siguiente prórroga hasta el 1 de julio de 2018. En aras de que los contribuyentes dispongan de más tiempo para preparar sus sistemas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de un comunicado lanzado este miércoles, dio a conocer la extensión del plazo para la cancelación de facturas electrónicas. Será hasta el 1 de septiembre cuando dé inicio la operación del sistema de aceptación o eliminación de facturas electrónicas. Así las cosas, el organismo recaudador señala en dicho comunicado que la medida de ampliación resulta derivada del interés de los contribuyentes y de sus proveedores de aplicaciones informáticas por cumplir con sus obligaciones fiscales por cumplir con sus obligaciones fiscales. La autoridad recaudadora, optó por tomar esta medida, tomando en consideración el avance de los contribuyentes respecto del desarrollo de aplicaciones que tendrán a bien utilizar, así como el de los trabajos que actualmente se encuentran en proceso de desarrollo para cumplir con la emisión del recibo electrónico de pago. En dicho orden de ideas, la autoridad fiscalizadora busca que a través del nuevo servicio de aceptación o rechazo de cancelación de facturas, aquellos receptores que cuyos comprobantes se deseen cancelar, se les aporte seguridad jurídica, así como a aquellas transacciones realizadas realmente entre los contribuyentes y, que incluso que se han pagado. De esta forma, los contribuyentes quedan protegidos contra la cancelación indebida y unilateral de facturas que amparan dichas operaciones, y a su vez y se protege el legítimo derecho a deducir o acreditar conforme a las disposiciones fiscales vigentes. El proceso de cancelación de CFDI con la nueva política está recogido en la Miscelánea Fiscal para el 2017 y su anexo 19, tal y como señala la autoridad fiscalizadora, los emisores deberán enviar una solicitud de cancelación al receptor del CFDI que se desee eliminar a través del Buzón Tributario. Por último, resulta importante señalar que la regla que dará sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación. * El autor es abogado fiscalista.

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