Lex Tributum
Aquí está mi principio: Los impuestos se percibirán de acuerdo a la capacidad de pago. Ese es el único principio americano.” Franklin Roosevelt El Internal Revenue Service (IRS) comunicó que desde enero de 2018 empezaría a aplicar medidas para revocar los pasaportes de aquellos ciudadanos norteamericanos con deudas fiscales, hecho que sin duda debe poner a pensar a un sinnúmero de connacionales que viven en la frontera que gozan de la doble ciudadanía o de programas de beneficios para un cruce rápido, pues como bien lo hemos analizado en anteriores columnas, aquellos que tienen una residencia, Green Card o son ciudadanos, están obligados a declarar impuestos a Estados Unidos, independientemente de dónde provenga la fuente de su riqueza. Así las cosas, cabe señalar que el Gobierno estadounidense intentó que se aprobara en 2012, 2013 y 2014 una ley para revocar los pasaportes de sus ciudadanos morosos, misma que no trascendió, pues fue hasta 2015 que entró en vigor la sección 7345 del Internacional Residential Code (IRC) que establece que el Departamento del Estado de los EUA puede negar, revocar o limitar la expedición de un pasaporte a ciudadanos de ese país por la existencia de adeudos fiscales y, fue hasta en años posteriores cuando entró en vigor la Ley FATCA, legislación que obliga a los ciudadanos norteamericanos a declarar sus ingresos a nivel mundial. En dicho orden de ideas, los pasaportes se consideran una potestad de los estados y constituyen documentos que permiten certificar la identidad y nacionalidad de su portador; su uso generalizado se inició desde la Primera Guerra Mundial, por lo que es potestad de dicho país revocarlo o no. En el caso que nos ocupa, el Departamento de Tesoro norteamericano podrá revocar o negar los pasaportes a sus ciudadanos cuando tengan adeudos superiores a 50 mil dólares, situación que puede verificar fácilmente a través de los convenios de colaboración entre México y Estados Unidos, mismos que por cierto resulta de suma trascendencia señalar aquellos que deseen acogerse a los beneficios (que nunca hayan declarado) su última posibilidad vence en septiembre de este año. Esta medida ha sido cuestionada por su posible violación constitucional y de derechos humanos, pero no es una acción exclusiva del fisco norteamericano. Presionar a los deudores fiscales con herramientas de coerción o manipulación para recuperar los créditos adeudados ha sido práctica de varios fiscos a nivel internacional, y el mexicano no es la excepción, pues también presiona a los contribuyentes a través de congelamiento de cuentas bancarias, del 32-D (constancia de cumplimiento), etcétera. *El autor es abogado fiscalista.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí