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Relación laboral comprobable garantiza aguinaldo

Con fecha límite a pagarse el 20 de diciembre, el derecho a la prestación aplica incluso en esquemas informales, mencionan.

Relación laboral comprobable garantiza aguinaldo

Tijuana BC.- El cumplimiento del aguinaldo es obligatorio para toda persona trabajadora que mantenga una relación de subordinación comprobable, independientemente de que exista un contrato formal o registro patronal ante el IMSS.

Lo anterior lo señaló el socio de impuestos de Caza Consultores, Pablo César Castañeda, quien recordó que la prestación está estipulada por ley a entregarse antes del 20 de diciembre, por un equivalente a 15 días de salario o proporcional.

El aguinaldo debe entregarse antes del 20 de diciembre, por un equivalente a 15 días de salario o proporcional.

Planteó que la informalidad laboral ha incrementado y que muchas personas desconocen que, aun sin documentación escrita, el simple hecho de recibir instrucciones y obtener un pago establece una relación laboral.

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Entrega del aguinaldo y relación laboral

Añadió que la entrega del aguinaldo se da siempre y cuando exista una relación laboral de subordinación comprobable la o el patrón debe cubrir determinada cuota a la o el trabajador, aun sin contrato o de forma verbal.

Si tú eres un subordinado, brindas un servicio, recibes un pago y jerárquicamente si tienes un patrón y eres un empleado, básicamente tienes derecho a todo lo que te da la Ley Federal del Trabajo”

Por otra parte, el socio de impuestos de Caza Consultores subrayó que, por práctica empresarial, muchas compañías tienden a pagar cerca del límite legal debido a sus procesos administrativos.

Una año para reclamar aguinaldo

Mencionó que si el patrón no cubre la prestación antes del 20 de diciembre, la persona trabajadora cuenta con un año para reclamarla ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y, en caso necesario, ante las instancias de conciliación laboral.

Si el patrón no cubre la prestación de aguinaldo antes del 20 de diciembre, la persona trabajadora cuenta con un año para reclamarla.

A esto agregó que si el empleador o patrón incurre en actos extemporáneos de depósito del aguinaldo, este puede adquirir una multa que puede ir de 50 a 5 mil veces la UMA.

Pablo Cesar Castañeda afirmó que en la región fronteriza, el aguinaldo suele generar retenciones por exceder los límites establecidos, ya que la mayoría de los trabajadores percibe ingresos superiores al mínimo

Deducción reflejada

Detalló que toda deducción debe reflejarse en el recibo correspondiente, donde deben aparecer percepciones y descuentos aplicados únicamente sobre la parte del aguinaldo que rebase los montos exentos.

Recomendó que empleadores mantengan una cultura preventiva, considerando desde el inicio del año sus obligaciones legales para evitar retrasos y sanciones.

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