Señalan error en decreto de condonación del ISRTP
El beneficio tan solo duró un día para los patrones en Baja California, lo que consideran fue un error de redacción.

Tijuana BC.- El decreto estatal que condonaba multas y recargos del Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal (ISRTP) generó confusión por su periodo de vigencia, ya que solo estuvo activo durante un día, el pasado lunes 28 de julio.
Publicado el domingo 27 en el Periódico Oficial del Estado, el documento establece como inicio de efectos el día siguiente de su publicación, pero también fija como fecha de vencimiento ese mismo 28 de julio.
Al respecto, Leonardo Méndez Cervantes, contador público certificado, consideró que se trata de un probable error en la redacción, ya que dijo no hay lógica el ofrecer un beneficio fiscal cuya vigencia concluye el mismo día que inicia.
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Dos hipótesis
Explicó que el decreto, tal como está formulado, genera dos hipótesis, un fallo en el plazo o una omisión involuntaria al establecer el periodo de aplicación.
Subrayó que el beneficio contemplaba la condonación del 100% de recargos y multas por omisiones en el pago del ISRTP de ejercicios fiscales anteriores y del actual, siempre y cuando se cubriera el adeudo principal.
Fue ilógico que concluyera un día después de su publicación, un error en los plazos o que les se les escapó y pusieron el periodo de vencimiento mal, es prácticamente imposible que haya alguien que pudiera acceder al programa”
Dijo.
Dirigido a patrones
Méndez Cervantes indicó que este tipo de decretos suele estar dirigido a patrones, tanto personas físicas o morales, que no han cumplido con el pago del impuesto derivado de las remuneraciones a sus empleados.
El objetivo, explicó, es incentivar el cumplimiento fiscal voluntario, evitando sanciones futuras mediante un esquema que permita al contribuyente pagar el impuesto sin enfrentar recargos acumulados ni multas por incumplimiento.
Este tipo de medidas puede verse como un esfuerzo del gobierno por brindar facilidades en un contexto económico complejo, además de desahogar la carga de fiscalización en contribuyentes rezagados.
“El beneficio radica en las multas y recargos originados por un pago no realizado, es evidente que alcanzaría a muchos contribuyentes que estén en el supuesto de no pago, pero no se dio el periodo suficiente”, añadió.
El contador público certificado reiteró que el diseño de este tipo de programas requiere mayor claridad para que sean útiles para los contribuyentes y que tengan impacto positivo en la recaudación estatal.
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