Empresas deben cumplir con reparto de utilidades antes del 31 de mayo
Esta prestación es el beneficio que obtienen todos los trabajadores en base a la misma ganancia que produce la empresa, destacan.

Tijuana, BC. -Las empresas tienen como fecha límite el 31 de mayo para cumplir con el reparto de utilidades entre sus trabajadores, una obligación legal respaldada por las normativas federales en materia de compensación directa a los colaboradores.
De acuerdo el especialista en materia laboral, Enrique Núñez Vázquez, esta prestación es una obligación que tienen todas las unidades económicas siempre y cuando entren en ciertos aspectos para cubrirlas en favor de los colaboradores.
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Subrayó que las utilidades representan una proporción de las ganancias netas de una empresa, y se distribuyen entre los trabajadores como una forma de participación de manera simbólica a la aportación de ganancias de la organización.
Declaración anual de impuestos de las empresas
Recordó que las empresas o personas morales debieron presentar su declaración anual de impuestos a más tardar el 31 de marzo y, a partir de esa fecha, disponen de 60 días naturales para entregar las utilidades.
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Agregó que las organizaciones tienen que informar con anticipación sobre si es que en el año fiscal se llegaron a generar utilidades.
Si eres una empresa responsable y rápida para llevarlo a cabo, primeramente, tienes 10 días para poder dar aviso si existen utilidades a los trabajadores, después estás obligado a pagarlas, como máximo, el último día de mayo”, puntualizó.
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Las consecuencias de no pagar las utilidades
El especialista en materia laboral, Enrique Núñez Vázquez advirtió que, en caso de incumplimiento, las empresas pueden enfrentar dos tipos de consecuencias.
Estas, enlistó, son quejas individuales por parte de los trabajadores ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, o bien, sanciones directas por parte de la autoridad laboral federal en el supuesto de omitir dicha prestación.
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“Este tipo de multas pueden variar por cuestión de la misma conducta de la empresa y también del monto a pagar de las personas, la cantidad de trabajadores a los que se les está incurriendo en este tipo de faltas, entre otros aspectos”, contó.
Empresas exentas de repartir utilidades
Por otra parte, aclaró que aquellas empresas de reciente creación en su primer año fiscal, o las que no generaron utilidades conforme a su declaración fiscal, están exentas de repartir esta prestación.
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Núñez Vázquez exhortó a las empresas a prepararse, desde su parte legal, para poder desarrollar sus pagos correctamente, revisar si son aptos para pagar utilidades y el por qué existen ciertos puntos donde una empresa no está obligada a pagar utilidades.
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