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El 'A,B,C' de los alcoholímetros

Un grado de 0.8 de alcohol en la sangre determina estado de embriaguez, lo que significa que el automovilista no puede conducir y será multado

El 'A,B,C' de los alcoholímetros

Tijuana BC.- Los alcoholímetros son una estructura de prevención operada por varias dependencias, trabajo colectivo que le permite a las autoridades supervisar que no exista la corrupción entre gobierno y ciudadanos.

Fidel Gómez Ponce, director de Asuntos Internos de la Sindicatura Procuradora del Ayuntamiento de Tijuana, señaló que los alcoholímetros son una política pública que deriva del sistema nacional para la prevención de accidentes.

Mencionó que el Reglamento de Tránsito y Control Vehicular es público y obligatorio para los ciudadanos que utilizan un vehículo, dentro del cual se encuentran algunas obligaciones como las de ser revisados en un punto de alcoholimetría.

El funcionamiento

Gómez Ponce detalló que las dependencias inmiscuidas en los puntos de alcoholimetría son la Policía Municipal, la Sindicatura Procuradora, la Dirección de Servicios Médicos y un Juez Municipal, además del personal de Grúas y Arrastres.

El policía que está operando el alcoholímetro es el primer contacto, ha sido capacitado para interactuar con automovilistas y está entrenado para encontrar detalles y elementos que puedan sugerir que una persona viene manejando bajo el influjo del alcohol”

Dijo.

El Director de Asuntos Internos declaró que en un primer encuentro la Policía Municipal se encarga de buscar indicadores objetivos como el aliento a alcohol, presencia de bebidas abiertas y el lenguaje corporal de los automovilistas.

“Si se encuentran dichos indicadores objetivos, el policía está entrenado para maniobrar con un dispositivo biomédico, con el cual podrá confirmar que los indicadores que observó son derivados del consumo del alcohol”, expresó.

Prueba biomédica

Gómez Ponce apuntó que el proceso de la prueba biomédica consiste en exhalar sobre el dispositivo, mismo que posteriormente es evaluado por los médicos ubicados en el lugar.

“Cuando se hace el examen a la persona y sale un indicador de más de 0.8 que es el porcentaje promedio con el que se puede dar la pauta para ser atendido por un médico, se procede con la infracción, pero si es menos de 0.8 se puede retirar sin ningún problema”, explicó.

Si el resultado da arriba del 0.8, señaló, entonces el policía debe remitir al conductor con un médico adscrito a la Dirección de Servicios Médicos Municipales, mismo que de igual manera está entrenado para observar el comportamiento del conductor.

“El médico no aplicará una evaluación médica fuera de lo que no se requiere para determinar si la persona se encuentra en estado de ebriedad, es decir hay un estándar que dice que los médicos deben revisar solo ciertas áreas”, describió.

Gómez Ponce añadió que una vez que el doctor determina que la persona involucrada se encuentra en estado de ebriedad, se genera un reporte médico que posteriormente es turnado a un juez municipal, en el mismo lugar.

“Sí se determina que la persona viene manejando en estado de ebriedad entonces el juez ordenará el retiro del vehículo, interviene el personal de las grúas, asegura el vehículo y establece a qué corralón va a estar resguardado”, concluyó.

En riesgo en derechos humanos

Catalina Salas Bravo, presidenta de la Federación Estatal de Colegios, Barras y Asociaciones de Abogados de Baja California (Fedabo), indicó que el procedimiento en los alcoholímetros está estipulado en el Reglamento de Tránsito.

No obstante pese a que el procedimiento forme parte de la ley, pueden verse vulnerados los derechos humanos de los ciudadanos en caso de que este procedimiento no se lleve a cabo de manera correcta.

“Se puede ver violentado si la persona solicita el auxilio de un abogado defensor como es muy común, pues se le tiene que admitir también, si no se le admite también se va a cometer una violación a su derecho humano de la defensa”, explicó.

Preguntas frecuentes

¿SON LEGALES LOS ALCOHOLÍMETROS?

Sí, el punto de revisión es una política pública que está enfocada en reducir los accidentes que puedan ser provocados por una persona en estado de ebriedad.

¿QUÉ PUEDO HACER SI CREO QUE NO ES JUSTA LA DECISIÓN DEL JUEZ CALIFICADOR?

El supervisor de asuntos internos es un representante de la Sindicatura Procuradora que va a estar todo el proceso en el que se esté operando, si un ciudadano siente que hubo alguna omisión, siempre hay un supervisor de la Sindicatura.

Cuando existe una queja de la misma forma en la que abordaran a los ciudadanos con la actitud correcta, puede suceder la omisión de los derechos humanos.

“El esposar es un punto de debate porque son casos diferentes, generalmente las personas entienden las instrucciones pero si la persona está alterada puede cometer otros delitos y bajo ese supuesto se utilizan las esposas”, comentó. la autoridad debe de sustentar y respaldar su versión, en su momento el ciudadano que presente una queja debe argumentar por medio de pruebas, puede ser un videograbación o el testimonio de las personas que lo acompañan.

¿QUÉ HAGO SI ME DETIENEN EN UN FILTRO DE ALCOHOLÍMETRO?

Inmediatamente solicitar la intervención de un supervisor de Asuntos Internos, siempre están a la orden del ciudadano, si él mismo dice que no se siente seguro y prefiere el acompañamiento de alguien, puede solicitar la presencia de un supervisor de Asuntos Internos.

¿PUEDO NEGARME A UNA PRUEBA DE ALCOHOLÍMETRO EN UN RETÉN?

No, porque es una obligación

¿PUEDO GRABAR CON EL CELULAR CUANDO EL POLICÍA ME ABORDÓ EN UN ALCOHOLÍMETRO O ME HACE LA PRUEBA DE ALCOHOLIMETRÍA?

Sí se puede hacer, pero es importante no sacar de contexto las situaciones, porque existe el riesgo de presentar una realidad que no concuerda con lo que objetivamente se está generando en el punto de alcoholimetría. Todo se puede hacer bajo un orden y respeto a las autoridades que están interviniendo.

¿ME PUEDEN DETENER, RETIRAR O ASEGURAR ALCOHOL SI LO TRAIGO A BORDO

cuando las autoridades revisoras deben de verificar que haya responsabilidad”, dijo.

Salas Bravo detalló que la presencia de supervisores de la Sindicatura Procuradora es de suma importancia para que dichos actos de corrupción no se lleven a cabo, puesto que desencadenaría la posibilidad de ocurrir accidentes si se da permiso de transitar a una persona en estado de ebriedad.

AUNQUE ESTÉ CERRADO?

Estando cerrados los contenedores no debe de haber ningún problema, Los problemas son las variantes, por ejemplo, si el conductor viene con latas de alcohol cerradas pero tiene aliento alcohólico o ha consumido otra sustancia tóxica que no necesariamente sea alcohol.

Si de la evaluación se determina que viene bajo el flujo de alguna sustancia, claro que va a proceder la detención del vehículo.

No hay un límite de cantidad de alcohol permitida por la ley, el conductor puede trasladar cantidades ilimitadas de alcohol siempre y cuando estén cerrados los contenedores.

¿CUÁL ES EL COSTO TOTAL DE LA MULTA, GRÚA Y POR UN DÍA EN EL CORRALÓN?

La multa es de 105 a 110 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (96.22 pesos), además por almacenamiento de vehículos, el Ayuntamiento de Tijuana cobra alrededor de 95 pesos por día de acuerdo a la Ley de Ingresos 2022, así mismo un total de 813 pesos por el arrastre del vehículo asegurado en el alcoholímetro hacia el respectivo corralón.

¿QUIÉNES DEBEN ESTAR PRESENTES EN UN ALCOHOLÍMETRO?

Es un trabajo en conjunto, debe estar un policía, un médico para revisar al conductor, un juez municipal para determinar sanciones, un inspector de Asuntos Internos que supervisa las intervenciones y el personal de las grúas.

¿CÓMO DEBEN PROCEDER LAS AUTORIDADES SI HAY UN CONDUCTOR DESIGNADO Y SUS PASAJEROS ESTÁN EN ESTADO DE EBRIEDAD?

Sin problema se debe dejar circular, se debe entender la figura del conductor designado, si el conductor al momento de pasar el alcoholímetro en 0.0, sin ningún problema debe retomar su camino.

Debemos reconocer el esfuerzo que hacen las personas para designar a ciertas personas para precisamente evitar los problemas y siendo así las cosas no debe existir ningún impedimento.

¿QUÉ HACER SI ME RETIRAN MI VEHÍCULO? ¿PUEDO AMPARARME?

La gestión para recuperar el vehículo debe ser de 8:00 a 17:00 horas, probablemente en el contexto de pagar la infracción habrá cajas abiertas las 24 horas, pero para hacer el trámite de devolución, la oficina de arrastres tiene un horario establecido.

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