Hay beneficios al registrarse en el RIF: SAT
Con la finalidad de informar los beneficios de incorporarse a la formalidad a través de la incorporación al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), autoridades centrales del SAT otorgaron la conferencia “Crezcamos juntos”.
Carlos Picazo Ramírez, administrador de Servicios Tributarios al Contribuyente del SAT, fue el encargado de brindar la plática en el Auditorio del Cetys.
El funcionario federal señaló que el tránsito de la informalidad a la formalidad traerá beneficios a las personas en el sector salud, vivienda, adquisición de créditos, entre otros.
Los que se unan al RIF tendrán la facilidad de hacer facturas electrónicas, dando la oportunidad de establecer una relación comercial o de negocio con gente que necesitaba comprobantes en sus operaciones, dijo.
Los que pueden tributar en este régimen son aquellas personas cuyos ingresos no sean mayores a los 2 millones de pesos anuales.
También podrán hacerlo las personas que realicen actividades empresariales, enajenación de mercancías o prestación de servicios que no requieran de título profesional.
Con el RIF se podrán obtener ingresos por sueldos o salarios por intereses; además de que podrán inscribirse aquellos que obtengan ingresos por comisión, agencia, mediación o consignación y no excedan el 30% del total de los ingresos.
Dentro de los beneficios, también se enlista el no pagar el ISR en el primer año en que tributen y su pago se irá incrementando en un 10% durante 10 años.
Otro de los beneficios es que no se presenta la declaración anual, debido al pago que se realiza bimestralmente
Comentó que hubo un decreto de beneficios fiscales que entró en vigor este año para aquellas personas que se incorporaran al RIF.
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