Diferencia de peritos en procesos
Articulo 368 CNPP: Podrá ofrecerse la prueba pericial cuando, para el examen de personas, hechos, objetos o circunstancias relevantes para el proceso, fuere necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio.

Articulo 368 CNPP: Podrá ofrecerse la prueba pericial cuando, para el examen de personas, hechos, objetos o circunstancias relevantes para el proceso, fuere necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio.
El uso de peritos tiene raíces antiguas. Desde el Derecho romano existía la figura del “iudex”» que recurría a expertos para comprender temas técnicos. En México, el peritaje adquirió formalidad legal en el siglo XIX con los primeros códigos procesales.
La diferencia entre los peritos en procesos civiles y penales radica en su función y el contexto en el que intervienen. Los peritos en procesos civiles suelen ser designados para evaluar aspectos técnicos o científicos relevantes para la resolución de un caso, como en el caso de medicina, ingeniería, grafoscopía, contabilidad, entre otros. Por otro lado, los peritos en procesos penales son designados para colaborar en la investigación y resolución de delitos, aportando su conocimiento especializado en áreas como balística, criminalística, entre otros. Esta distinción es crucial para asegurar que los informes técnicos sean relevantes y adecuados para el tipo de proceso en el que se presentan
Se tiene que resaltar una diferencia procesal en el ofrecimiento procesal de la pericial y el dictamen.
En materia penal: Se presenta en fase intermedia, dentro del descubrimiento probatorio; debe ir acompañado del nombre del perito, tema del dictamen, datos de contacto y documentos que sustentan su especialización.
En juicio oral, el perito comparece y responde preguntas del MP, defensa y Juez.
Por otra parte, en materia civil y familiar: Puede ofrecerse desde el escrito inicial de demanda o contestación; se deben precisar puntos sobre los cuales versará el dictamen; también se acepta un perito por parte y uno tercero en discordia si hay contradicción.
En el marco de un juicio, el peritaje puede representar la diferencia entre el éxito y el fracaso. No se trata simplemente de una prueba técnica adicional, sino de un instrumento jurídico fundamental para esclarecer hechos que requieren conocimientos especializados. Desde una evaluación médica hasta un análisis contable, pasando por pruebas de balística, grafología o ingeniería, el dictamen pericial permite traducir el lenguaje científico al lenguaje jurídico.
El peritaje es un medio de prueba técnico o científico ofrecido por una de las partes del proceso (o solicitado por el juez) que tiene como fin aportar un dictamen sobre hechos o elementos que requieren conocimientos especializados para su correcta interpretación y valoración dentro del juicio.
El profesional que lo emite se denomina perito, y debe tener formación, experiencia, objetividad y, en muchos casos, registro o certificación oficial ante los órganos de justicia.
A pesar de los avances en la normativa procesal, los retos más comunes en México respecto al peritaje incluyen: poca profesionalización de peritos en algunas regiones; retrasos en el desahogo de la prueba; falta de actualización en técnicas modernas; juicios donde el peritaje es ofrecido solo “por cumplir” y no con visión estratégica.
Por ello, la capacitación continua de peritos, abogados y jueces en el uso correcto del dictamen pericial es clave para garantizar procesos justos y basados en evidencia técnica.
*- El autor es Coordinador del Área Pericial del Instituto INJUS.
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí
Grupo Healy © Copyright Impresora y Editorial S.A. de C.V. Todos los derechos reservados