Dictamen fiscal
“El contribuyente es una persona que trabaja para el Gobierno, pero sin haber hecho las oposiciones a funcionario”. Ronald Reagan

El Dictamen Fiscal es un elemento esencial en el contexto fiscal de México, proporcionando una evaluación profesional de la situación financiera y tributaria de una empresa o individuo, realizado por un Contador Público Especializad, o bien, un Abogado Fiscalista experto en la materia.
Este dictamen se trata de la interpretación de los estados financieros del contribuyente para cumplir con las disposiciones fiscales correspondientes. En resumen, es el resultado de una auditoría a la información fiscal del contribuyente del ejercicio, brindando un informe que permite determinar si se está al día con el pago de impuestos y las obligaciones tributarias.
La información contenida en el Dictamen Fiscal se clasifica y presenta de acuerdo con las reglas y formatos establecidos por el SAT.
Según lo establecido en el CFF, las personas morales que operen bajo el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) están obligadas a presentar un dictamen de sus estados financieros. Esta responsabilidad se aplica a aquellas entidades que durante el último año fiscal hayan reportado ingresos acumulables para fines del ISR que alcancen o superen la cantidad de $1,855,919,380.00. Además, se requiere que las empresas que al finalizar el ejercicio fiscal anterior cuenten con acciones en circulación entre el público inversionista en la bolsa de valores también cumplan con esta obligación.
No obstante, es posible optar por someter a dictamen los estados financieros. Esta alternativa está abierta tanto para personas físicas con actividad empresarial como para personas morales que, durante el ejercicio fiscal anterior, hayan reportado ingresos acumulables que excedan los $157,785,270.00. Asimismo, aplica a aquellas personas morales cuyo valor de activo, conforme a las reglas establecidas por el SAT, supere los $124,650,380.00, o que hayan tenido al menos 300 empleados trabajando en cada uno de los meses del ejercicio fiscal anterior.
El cumplimiento de esta obligación fiscal representa ventajas, entre las cuales encontramos:
Permite generar un informe fiscal de la organización que presenta el dictamen.
Se evita el riesgo de cometer un posible ilícito.
Otorga certidumbre a la autoridad sobre la organización y su actividad empresarial.
Promueve el cumplimiento de las obligaciones fiscales en nuestro país.
Aumenta el PIB y la recaudación fiscal.
- *- El autor es Abogado Fiscalista.
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