Deducciones personales para la declaración anual de personas físicas
“El único problema serio para el buen ciudadano es no pagar los impuestos, y luego que los que mandan hagan lo que quieran; al fin y al cabo todos chupan del mismo bote”. Umberto Eco
Las deducciones personales son los gastos que las personas físicas tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables. Es decir, son cantidades que se pueden restar a los ingresos, que son la base sobre la que se aplica la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Lo anterior se hace para disminuir el pago del ISR que tienen que realizar los contribuyentes como parte de su declaración anual, o para generar un saldo a favor o aumentarlo.
Las personas físicas obligadas tienen hasta el último día de abril para presentar su declaración anual.
El objetivo de la declaración anual es que las personas físicas paguen el ISR del ejercicio fiscal inmediato anterior. Por eso, en 2023 se presenta la información de 2023. Esto se hace de acuerdo con régimen fiscal de cada contribuyente.
Deducciones personales
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su declaración anual las personas físicas tienen derecho a presentar las siguientes deducciones personales (agregamos algunas recomendaciones):
Gastos médicos
Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
No proceden los comprobantes de farmacias. Honorarios a enfermeras.
Análisis, estudios clínicos.
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
Prótesis.
Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
Primas por seguros de gastos médicos Educación
Son deducibles las colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):
Preescolar: 14,200 pesos.
Primaria: 12,900 pesos.
Secundaria: 19,900 pesos.
Profesional técnico: 17,100 pesos. Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos. Gastos funerarios
Intereses por créditos hipotecarios Impuestos locales por salarios
Para todas las deducciones anteriores se hacen las siguientes recomendaciones generales
Cuando se reciban facturas se debe revisar que el campo “Uso de CFDI” y las claves de los productos o servicios estén relacionadas con el tipo de deducción personal.
En la mayoría de los casos, no se pueden deducir facturas pagadas en efectivo, por lo que los pagos deben ser por medio de cheques nominativos (clave 02), transferencias electrónicas de fondos (clave 03), tarjetas de crédito (clave 04), tarjetas de débito (clave 28), o tarjetas de servicios (clave 29).
El monto total de deducciones personales no puede exceder de cinco UMA anuales o del 15% del total de ingreso, lo que resulte menor, excepto las de los gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales.
- *- El autor es Abogado Fiscalista.
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