Lanzamiento Sitio Buzón Tributario
“Los ricos no son como nosotros, pagan menos impuestos”PETER DE VRIES
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer recientemente a través de un comunicado que desarrolló un sitio del Buzón Tributario en el que se podrán habilitar o actualizar los medios de contacto entre la autoridad fiscal y el contribuyente, así como, el anterior lanzamiento del sitio para el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), en el que de igual manera podrán resolver dudas respecto al nuevo régimen.
Así las cosas, continuando con el nuevo sitio del Buzón Tributario desde la RMF 2022 el SAT indicó que todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben habilitar su Buzón con excepción de las personas físicas sin obligaciones fiscales. Adicionalmente, las personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tendrán la opción de habilitar el Buzón Tributario.
Además, quedan exentos de este requisito las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados.
En ese orden de ideas, el SAT indicó que los contribuyentes que comiencen a tributar o migren al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) a partir del 1 de enero de 2022 tendrán hasta el 30 de junio de 2022 para habilitar su Buzón Tributario.
Por lo que los contribuyentes personas físicas que hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migren al RESICO y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su Buzón Tributario, o bien solamente hubieran señalado un solo medio de contacto ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de comunicación, deberán registrar o actualizar sus medios de contacto adicionando, en su caso, el que les haga falta, de acuerdo a la regla 2.2.7., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 tendrán hasta el 30 de junio de 2022.
Por otra parte, en el comunicado se señaló que es obligación de los contribuyentes habilitar el Buzón y activarlo a la brevedad.
Cabe mencionar que en el Buzón Tributario deben registrar y tener actualizados dos mecanismos de comunicación, es decir, correo electrónico (Que pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular.
Por medio del Buzón el SAT enviará diversos avisos, como: notificar a los contribuyentes cuando se quiera cancelar una factura por un monto mayor a mil pesos, si dicha cancelación se hace después del día hábil siguiente sí se requiere autorización del cliente, por medio de su buzón tributario.
Para entrar al buzón y aceptar la cancelación, el contribuyente requiere tener al día su firma electrónica.
En este sitio del Buzón Tributario los contribuyentes pueden visitar el portal, en el que podrán encontrar materiales como tutoriales e infografías, para una mejor orientación por parte del SAT hacía con los contribuyentes. * El autor es Abogado Fiscalista.
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