La trilogía de la investigación
La reforma constitucional en materia de seguridad y justicia del 18 de junio de 2008 sentó las bases para investigar los delitos y procurar justicia de una forma rigurosa en apego al derecho humano y debido proceso, el cual se sustenta en la investigación científica del delito, donde la confesión dejó de ser el medio sustantivo para probar la responsabilidad penal de una persona.
La reforma constitucional en materia de seguridad y justicia del 18 de junio de 2008 sentó las bases para investigar los delitos y procurar justicia de una forma rigurosa en apego al derecho humano y debido proceso, el cual se sustenta en la investigación científica del delito, donde la confesión dejó de ser el medio sustantivo para probar la responsabilidad penal de una persona. Por mandato del artículo 21 constitucional, la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las Policías; asimismo, el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales ratifica la obligación al Ministerio Público de ejercer el mando de la investigación del delito en el sentido de coordinar a las Policías y a los peritos.
La facultad investigadora de la Fiscalía General de la República, al igual que en todo el país, se integra por actos de investigación que el Ministerio Público realiza en su papel de investigador jurídico; por su parte, la Policía de Investigación asume la tarea de investigador fáctico, y los peritos son investigadores técnicos. Esta concatenación de esfuerzos se denomina Trilogía Investigadora.
En el contexto de la investigación, cada sujeto de esta trilogía tiene definidas sus responsabilidades. El Ministerio Público dirige la investigación y formula la imputación, o no, en representación de la víctima. El perito como especialista en diversas áreas técnicas y científicas reúne pruebas y las explica en audiencia pública, mediante un dictamen y, en su caso, responderá al interrogatorio que le formulen las partes. La Policía de Investigación apoya al Ministerio Público en preservar el lugar de los hechos, recibe denuncias, realiza detenciones, recaba información y ejecuta en el campo la investigación.
Los retos y formas de trabajo del Ministerio Público cambian radicalmente, ya que se constituye garante de los derechos fundamentales de todos los involucrados en el proceso penal, en cumplimiento de sus funciones también vigilará que la policía y los peritos cumplan con los requisitos de legalidad de los actos de investigación que lleve a cabo.
Pero este ya nada nuevo sistema, pero en curva ascendente de aprendizaje, sigue teniendo unos vacíos que requieren ser llenados con:
Capacitación permanente para el Ministerio Público en procesos de investigación en escena del crimen y cadena de custodia, con la finalidad de que adquieran habilidades, que traigan como resultado la integración de carpetas de investigación sólidas, imputaciones y solicitudes de vinculación a proceso eficaces pero sobre todo la reparación del daño.
También se requiere de una formación, actualización y certificación de policías y peritos, dotándolos de herramientas tecnológicas para mejorar el desempeño de sus funciones; por supuesto seleccionar personal con habilidades en la investigación de campo y con conocimientos acreditables en ciencias penales y forenses.
Por supuesto modernizar y adecuar a las exigencias del sistema penal las instalaciones de los servicios periciales y generar Identidad Institucional apegada a los valores: honestidad, responsabilidad y transparencia.
Estas sugerencias no son retrogradas al sistema, por el contrario, serían para estar a la vanguardia de una eficaz investigación integral.
Será imposible hacer más con lo mismo.
* El autor es Coordinador del Área Pericial del Instituto INJUS.
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