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Centros de atención a clientes Telcel, AT&T y Movistar deben mantenerse abiertos en México con todo y COVID-19

Los módulos deberán operar con información clara sobre sus horarios de atención y el número de personas que pueden estar dentro de sus instalaciones, incluyendo sus respectivas medidas de sanitización.

Centros de atención a clientes Telcel, AT&T y Movistar deben mantenerse abiertos en México con todo y COVID-19

El Instituto Federal de Telecomunicaciones señala que los servicios públicos de telecomunicaciones son de interés general y a su vez facilitan el derecho a la información, a la educación y a la salud. Por lo que en esta pandemia resulta sumamente importante que los centros continúen operando y con las puertas abiertas al público.

Los módulos deberán operar con información clara sobre sus horarios de atención y el número de personas que pueden estar dentro de sus instalaciones, incluyendo sus respectivas medidas de sanitización. De este modo compañías como Telcel, Telefónica y AT&T deben mantener abiertos sus centros de atención a clientes.

La Secretaria de comunicaciones y Transportes en conjunto con el Instituto Federal de Telecomunicaciones y en coordinación con la Secretaría de Salud han emitido un comunicado, donde establecen que los hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios y otros establecimientos deben continuar laborando, entre ellos se encuentra el rubro de telecomunicaciones. 

 

“En el sector privado continuarán laborando las empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquéllos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, de manera enunciativa, hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios, servicios médicos, financieros, telecomunicaciones, y medios de información, servicios hoteleros y de restaurantes, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes y distribución de gas, siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones.”


Decreto publicado en Diario Oficial de la Federación
 

Para la operación e implementación de esas medidas en estos sitios de trabajo, se deberá observar lo establecido en la Guía de Acción para los Centros de Trabajo ante el COVID-19, la cual puede consultarse en la siguiente dirección electrónica.Para la operación e implementación de esas medidas en estos sitios de trabajo, se deberá observar lo establecido en la Guía de Acción para los Centros de Trabajo ante el COVID-19, la cual puede consultarse en este enlace.

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