Sin testamento hay más pleitos por los bienes
Incansable, "Don Carlos" trabajó más de 40 años en su negocio familiar. Siempre, en la mirilla de su labor estuvo el futuro de sus hijos y su esposa, ya que deseaba que no tuvieran problemas económicos.
Jamás pensó que, a los 10 años de fallecido, su patrimonio terminaría en manos de alguien que estaría fuera de su familia nuclear.
Aunque "Carlos" dejó claro en un testamento que sería su hijo mayor el heredero de la carnicería y el negocio de comida que él construyó, y que ahí laborarían dos de sus hermanos y se repartirían las ganancias, el legado no se respetó y vinieron los pleitos.
De ello se aprovechó "Lorena", esposa del heredero, quien vio una oportunidad en el conflicto familiar. Por problemas maritales se divorció del hijo de "Don Carlos" y peleó el patrimonio para ella y su hijo.
Luego de dos años de litigio, "Lorena" logró obtener de manera legal la propiedad de la carnicería. Los tres hijos de "Carlos" quedaron fuera del negocio.
Y aunque pudiera pensarse que entonces no tiene sentido alguno dejar un testamento, sí hay menos posibilidades de heredar problemas a la familia si no se expresa la última voluntad.
Aún así este caso es ejemplo de los miles de juicios que se realizan cada año en Sonora por conflictos con herencias. Y aunque hay más disputas legales cuando no hay testamento, las estadísticas indican que no hay garantía de que siempre se acepte la última voluntad.
Cecilia Romero González, secretaria Segunda de Acuerdos del Juzgado Tercero Familiar, explicó que un juicio de este tipo puede demorar desde tres meses hasta años, en caso de que no todos los herederos respeten el testamento.
"Puede empezar con que todos están de acuerdo, pero puede darse el caso de que exista uno que esté inconforme, y empieza a entorpecer el procedimiento, porque considera que tiene derecho", señaló.
De acuerdo con Romero González, muchas personas no hacen este trámite porque no tienen los medios, desconocen la información o, simplemente, confían en la familia.
"El testamento es la voluntad de la persona, esa es la importancia, que es su última voluntad, y la persona determina a quienes va a dejar como herederos", dijo.
Andrés Ibarra Salgado, presidente del Colegio de Notarios del Estado de Sonora, comentó que a pesar de que tener este documento es sencillo, no existe cultura del testamento porque se asocia el trámite con muerte.
Existen dos opciones para realizar este trámite: Ante notario público, quien se encarga de redactar el documento, o en el Registro Público, en donde el testador lo escribe de su puño y letra.
Desde hace algunos años, septiembre es promovido como el "mes del testamento", ya que los costos disminuyen. Si se realiza en notaría, se pagan mil 700 pesos, mientras que en el Registro Público es gratuito.
En ambos casos, el documento queda en el Registro Nacional de Avisos de Testamento, para ser utilizado cuando fallece el testador, e iniciar el juicio sucesorio testamentario.
¿Y SI NO HAY TESTAMENTO?
Cuando no existe un testamento, el juicio pasa a ser intestamentario. En ese caso se aplica la sucesión legítima, es decir, los bienes se reparten por partes iguales entre los hijos y cónyuge; si hay concubinato, este tiene que ser acreditado legalmente como tal.
"Es importante que la gente sepa que no hay obligación de heredarle nada a nadie en particular. Tú decides personalmente, es un acto jurídico personalísimo, mediante el cual dispones de tus bienes para después de tu muerte", puntualizó.
Para ser testador, se necesita tener por lo menos 16 años y hacer cita con algún notario o en el Registro Público. El trámite, dijo Ibarra Salgado, es sencillo y resuelve muchos problemas a futuro, si bien todos los testamentos pueden ser impugnados.
"Sí pasa mucho que la gente se empiece a pelear. ‘Es que a mí me dijo’, ‘es que todos sabíamos que la casa era para Juanito’, ‘es que salió un hijo fuera del matrimonio’. Como cualquier acto jurídico, es impugnable. Y suele suceder", agregó.
Según el representante del gremio notarial, se ha avanzado en la cultura de decidir la disposición de los bienes para después de la muerte, pero aún hay quienes se resisten y prefieren heredar conflictos.
¡NO HEREDE PROBLEMAS!
Mes del Testamento
¿Cuándo?
Del 1 al 30 de septiembre.
¿En dónde se puede realizar?
En notaría pública.
En el Registro Público (de puño y letra).
¿Cuánto cuesta?
Mil 700 pesos en notaría.
Gratis en el Registro Público.
¿Qué se puede heredar?
Bienes materiales.
Disponer la custodia de hijos menores de edad.
¿Qué se necesita?
-Tener 16 años o más.
-Tener bienes que sean identificables (no se requieren escrituras ni títulos de propiedad).
-Hacer cita con notario público o en el Registro Público.
-Si es en Registro Público, acudir con dos testigos (que no sean parientes ni herederos).
Fuente: Colegio de Notarios del Estado de Sonora.
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