Devoluciones e indemnización a pasajeros con nueva ley: Profeco
La devolución del costo del boleto y una indemnización de al menos 25% en caso de cancelaciones de vuelos por parte de las aerolíneas serán algunas de las nuevas garantías de los pasajeros, informó la delegación de Profeco en Sonora.
El Senado de la República aprobó el 27 de abril diversas reformas a las leyes de Aviación Civil y de Protección al Consumidor para ampliar los derechos de los usuarios frente a situaciones que les afectan imputables directamente a las aerolíneas.
Ante ello, Rolando Gutiérrez Coronado, delegado de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en la entidad, detalló que además de la devolución del costo del boleto, la aerolínea deberá otorgar indemnización.
"Si se retrasa (el vuelo) más de cuatro horas y prácticamente lo van a dar por cancelado, te van a devolver el costo del boleto además del 25% de indemnización", señaló.
Darán descuentos
El titular añadió que si los pasajeros no desean aceptar alimentos y bebidas en caso de demoras menores, se les deberá otorgar un descuento para el siguiente vuelo en la misma ruta.
"La aerolínea tendrá que dar alimentos y bebidas a los pasajeros, o en su caso, algún pasajero que no opte por esta medida, se le hará un descuento del 7% para el siguiente vuelo en la misma ruta", expresó.
De acuerdo al informe oficial del Senado, entre las garantías de los pasajeros se encuentra que en caso de cancelación de vuelo, se deberá reintegrar el precio del boleto u ofrecer transporte sustituto en el primer vuelo disponible, proporcionar acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.
La aerolínea deberá proporcionar alimentos, precisó, además de alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y transportar al consumidor en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero.
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