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Ley Leyla avanza al Congreso de Sonora; Gobernación no puede modificar el fallo

La Secretaría de Gobernación informó que no tiene facultades para modificar la sentencia del caso Leyla ni para crear nuevas leyes, por lo que la propuesta de la “Ley Leyla” fue turnada a la Cámara de Diputados.

Ley Leyla avanza al Congreso de Sonora; Gobernación no puede modificar el fallo

San Luis Río Colorado, Sonora. La Secretaría de Gobernación de Sonora, a través del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), respondió a la solicitud presentada por la defensora de Derechos Humanos Dora Espinoza en representación de Carmen Becerra, madre de Leyla, en la que aclaró que no tiene facultades para modificar la sentencia dictada contra las dos adolescentes responsables del caso ni para crear nuevas disposiciones legales.

En el documento, la dependencia federal informó que la propuesta para crear la denominada “Ley Leyla” fue turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la Cámara de Diputados, instancia competente para analizar una eventual reforma legislativa.

La respuesta señala que la creación, modificación o derogación de leyes corresponde al Poder Legislativo, por lo que SIPINNA únicamente puede hacer del conocimiento de los legisladores la propuesta presentada por la familia de la víctima.

Respecto a las sanciones impuestas a las adolescentes sentenciadas, la Secretaría explicó que la resolución emitida el 25 de febrero de 2026 es firme y no puede ser revisada por esa autoridad administrativa. Añadió que la diferencia entre las penas obedece a que las responsables pertenecían a distintos grupos de edad al momento de los hechos, conforme a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Asimismo, indicó que el sistema especializado para adolescentes busca privilegiar la reinserción social y aplica criterios de proporcionalidad establecidos en la Constitución y en tratados internacionales.

Buscan que se sancione negligencia parental

En otro de los puntos abordados, SIPINNA reconoció que actualmente no existe un tipo penal específico que sancione la negligencia parental en casos como el expuesto por la familia de Leyla, por lo que una medida de esa naturaleza requeriría una reforma legislativa, motivo por el cual también fue incluida en el oficio enviado a la Comisión de la Cámara de Diputados.

Sobre la reparación del daño, la dependencia recordó que la sentencia ya condenó a las adolescentes al pago de una indemnización por daño moral equivalente a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Daños materiales

En cuanto al daño material, precisó que la resolución dejó a salvo el derecho de la madre de la víctima para reclamarlo mediante un procedimiento judicial ante el juzgado competente, ofreciendo la asesoría jurídica de la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia de la Secretaría de Gobernación.

Finalmente, la Secretaría Ejecutiva de SIPINNA reiteró que no se pronuncia sobre la veracidad de los hechos ni sobre las decisiones de las autoridades jurisdiccionales, al tratarse de asuntos que corresponden exclusivamente a los órganos de justicia, aunque reconoció las gestiones realizadas por la representante de la familia de Leyla para impulsar cambios legales y dar seguimiento al caso.

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