Emite JGE del INE declaratoria de pérdida de registro del PRD
El PRD tiene 72 horas para alegar lo que a su derecho convenga.

Mexicali, B.C.- La Junta General Ejecutiva (JGE) del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad el acuerdo para emitir la declaratoria de pérdida de registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Esta decisión se basa en el artículo 94, numeral 1, incisos b y c) de la Ley General de Partidos Políticos, dado que el PRD no obtuvo al menos el tres por ciento de la votación válida en alguna de las elecciones federales ordinarias para diputaciones, senadurías o Presidencia de la República, celebradas el 2 de junio de 2024. Esta determinación se fundamenta en los cómputos nacional, locales y distritales, así como en las resoluciones finales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El acuerdo estipula que se notificará al PRD para que, en un plazo de 72 horas, pueda presentar cualquier alegato que considere pertinente mediante un escrito dirigido a la Secretaría Ejecutiva del Instituto.
Transcurrido este plazo, se elaborará un Proyecto de Dictamen que valorará la respuesta, si la hubiera, del PRD. La Junta General Ejecutiva evaluará este dictamen para determinar si se somete a la consideración y aprobación del Consejo General.
Guadalupe Yessica Alarcón Góngora, Encargada del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, explicó que, conforme a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y a las instrucciones de la Sala Superior del TEPJF, la JGE solo debe preparar la declaratoria de pérdida de registro y el Proyecto de Dictamen. Será el Consejo General quien decida, en última instancia, si el partido político nacional pierde o mantiene su registro.
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