Tipifican violencia mediática y simbólica como delito en Baja California
El Congreso del Estado aprobó que se castigue a quienes ejerzan estos tipos de violencia.
Mexicali, B.C.- Tras una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Congreso del Estado aprobó que se castigue a quienes ejerzan estos tipos de violencia en Baja California.
Con 21 votos a favor y cero en contra, se aprobó el dictamen número 40 de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, tras una iniciativa de reforma de la diputada Michel Sánchez.
La violencia mediática consiste en todo acto a través de un medio de comunicación que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, transmita y reproduzca dominación, cosificación, o haga apología de la violencia contra la mujer.
Así como permita o reproduzca la difusión de discursos de odio, sexistas, discriminación de género o de desigualdad entre mujeres y hombres, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
También aquel que promueva la explotación de mujeres o sus imágenes que causen daño a las mujeres y niñas de tipo simbólico, psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.
La violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atenten contra la autoestima, salud, integridad, seguridad y libertad de las mujeres y niñas.
La violencia simbólica consiste en si se tienen patrones estereotipados, mensajes, valores, iconos, signos o transmisiones con dominación, cosificación, desigualdad, discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de las mujeres.
Así como cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad de las mujeres, será un delito el ejercer cualquiera de estos tipos de violencia hacia una mujer en sus derechos políticos.