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Para solicitar asilo en Estados Unidos, ahora deberán presentar pruebas contundentes de que la vida corre peligro en su país de origen; EEUU endurece proceso de peticiones refugio bajo la Convención contra la Tortura

Nueva orden obliga a fiscales y jueces a aplicar un criterio más estricto en casos de asilo, la decisión ya es precedente y podría impactar miles de solicitudes pendientes

Para solicitar asilo en Estados Unidos, ahora deberán presentar pruebas contundentes de que la vida corre peligro en su país de origen; EEUU endurece proceso de peticiones refugio bajo la Convención contra la Tortura

ESTADOS UNIDOS — La fiscal general Pam Bondi ordenó a fiscales y jueces de inmigración considerar en sus fallos una decisión emitida por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) el 23 de julio, la cual eleva el estándar de miedo creíble en los casos de asilo en Estados Unidos.

La instrucción quedó establecida en un documento del Departamento de Justicia (DOJ) al que tuvo acceso Univision Noticias. En el texto se señala que la fiscal general designó como precedente la decisión del caso O-Y-A-E-, lo que obliga a su aplicación en procedimientos similares.

“De conformidad con la orden número 6380-2025, de fecha 20 de agosto de 2025, la fiscal general designó la decisión de la Junta en el asunto O-Y-A-E- (BIA, 23 de julio de 2025) como precedente en todos los procedimientos relacionados con el mismo asunto o asuntos”.

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El caso O-Y-A-E y el origen del fallo


(251008) -- LA GUAIRA, 8 octubre, 2025 (Xinhua) -- Imagen proveída por el Ministerio para la Defensa de Venezuela de integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana participando en los ejercicios militares y comunitarios del llamado Plan Independencia 200, en el estado La Guaira, Venezuela, el 8 de octubre de 2025. El ministro del Poder Popular para la Defensa de Venezuela, Vladimir Padrino López, pidió el miércoles a la población venezolana prepararse por la "amenaza seria" militar de Estados Unidos contra el país sudamericano. (Xinhua/Ministerio para la Defensa de Venezuela) (ms) (ah) (ra) (ce)

El caso O-Y-A-E corresponde a una inmigrante venezolana que solicitó asilo en Estados Unidos. En 2024, durante el gobierno de Joe Biden, un juez de inmigración le concedió protección tras analizar las evidencias presentadas.

La solicitante había servido en el Ejército venezolano como oficial de contrainteligencia y teniente. En su petición argumentó que temía ser “golpeada, secuestrada, detenida, torturada o asesinada” si regresaba a Venezuela, luego de negarse a falsificar un documento por orden de un superior identificado como “comandante Ortado”.

El juez consideró que su testimonio era creíble y que cumplía con los requisitos para la suspensión de la expulsión bajo la Convención contra la Tortura (CAT).

La apelación del DHS y la reversión de la BIA

Foto: DHS/Canva.

De acuerdo con Univisión, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) apeló la decisión del 4 de diciembre de 2024, al considerar que la protección había sido concedida de forma incorrecta.

Tras revisar el expediente, la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) revirtió la sentencia el 23 de julio y ordenó la deportación de la solicitante. Además, advirtió que, si no cumple con la salida del país, enfrentará una multa de 998 dólares diarios.

La Junta concluyó que la solicitante no sufrió amenazas ni daños después de julio de 2021, y que permaneció en Venezuela hasta febrero de 2024 sin contacto posterior con el comandante ni con sus subordinados.

Por ello, determinó que el juez de inmigración cometió un error evidente al prever que era más probable que la demandada fuera torturada a su regreso.

Por qué la BIA negó la protección bajo la CAT

En su resolución, la BIA sostuvo que:

  • La solicitante no demostró un riesgo individualizado de tortura
  • No hubo amenazas recientes ni daños posteriores a 2021
  • El fallo inicial se basó en una constatación fáctica errónea

Con base en esto, concluyó que no era elegible para la suspensión de la deportación bajo la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT).

Qué implica el fallo para los casos de asilo pendientes

La decisión ya es precedente obligatorio desde el 20 de agosto y puede ser utilizada en expedientes similares. Esto ocurre en un contexto donde existen cerca de 3 millones de casos de asilo pendientes entre la Oficina Ejecutiva para Revisión de Inmigración (EOIR) y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).

El abogado José Guerrero, quien ejerce en Miami, advirtió que “esta decisión puede ser usada de la misma manera en expedientes similares y se teme que muchos casos se verán afectados”.

Se refirió en particular a casos de asilo de venezolanos presentados hace más de una década, incluso durante el gobierno de Hugo Chávez, que aún esperan resolución.

Recomendaciones para solicitantes de asilo

Fotografía de archivo de inmigrantes de Guatemala y Cuba, que buscan asilo, esperan en medio del puente para ingresar a Estados Unidos desde Matamoros, México. EFE/LARRY W. SMITH

Guerrero aconsejó a quienes tienen casos pendientes:

  • Buscar asesoría legal especializada
  • Revisar y complementar expedientes si aún hay tiempo procesal
  • Prepararse para un análisis más estricto del miedo creíble

Advirtió que el área de asilo es compleja y que las autoridades están enfocadas en casos considerados frívolos. Además, recordó que los jueces ahora tienen facultades discrecionales para rechazar casos sin juicio si determinan que no tienen base legal sólida.

Finalmente, el DOJ reiteró que quienes no cumplan una orden de deportación quedan sujetos a una multa de 998 dólares diarios, lo que refuerza el impacto práctico de este nuevo precedente.

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