TEPJF resuelve que AMLO y Morena no violaron normas electorales como lo denunciaron PAN y PRD en referencia a los anuncios de vacunas contra Covid
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE rechazó otorgar medidas cautelares al considerar que los partidos pueden utilizar los programas de Gobierno para el debate público, resolución que fue ratificada por la Sala Superior.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la resolución de la Sala Regional Especializada, en la cual determinó que no hubo infracción por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, Morena y su dirigente nacional, Mario Delgado, por la difusión en redes sociales de publicidad relativa a la política nacional de vacunación contra el Covid-19.
El PAN presentó denuncias en contra de Morena, Delgado Carrillo y otros funcionarios públicos por la difusión en redes sociales de publicidad relacionada con la vacunación contra el Covid-19, ya que la consideró actos anticipados de campaña, promoción personalizada y utilización indebida de programas sociales.
El PRD presentó queja contra el Jefe del Ejecutivo federal, Morena y Delgado Carrillo, también por publicaciones en Facebook y Twitter relacionadas con el plan de vacunación, pues a su consideración eran actos anticipados de campaña, promoción personalizada y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad, certeza, objetividad, legalidad y seguridad jurídica.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE rechazó otorgar medidas cautelares al considerar que los partidos pueden utilizar los programas de gobierno para el debate público, resolución que fue ratificada por la Sala Superior.
La Sala Regional Especializada del TEPJF, al estudiar el fondo del asunto, determinó la inexistencia de las infracciones atribuidas a los denunciados.
Ayer, la Sala Superior del TEPJF sesionó de manera virtual y se consideró que los señalamientos de los partidos son infundados, pues la Sala Especializada expuso los fundamentos de derecho y los razonamientos que la llevaron a concluir que la difusión del material constituía promocionales válidos y amparados bajo el derecho del partido de hacer referencia a cuestiones de interés público y de relevancia nacional.
Sobre el video de la donación del presupuesto de Morena para la compra de vacunas, se estimó que ya hubo una sentencia.
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