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¿Quiénes descansan el 1 y 2 de noviembre? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Aunque no son descansos obligatorios, habrá quienes no trabajarán este 1 y 2 de noviembre.

CIUDAD DE MÉXICO.- Varios trabajadores se preguntan sobre si hay descanso el 1 y 2 de noviembre por el Día de Muertos por lo que la Secretaría del Trabajo, del Gobierno de México, se encargó de recordarlo por medio de una publicación en sus redes sociales.

En la publicación se lee que 1 y 2 de noviembre no están considerados como días de descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo.

Sin embargo, habrá personas a las que les otorguen esos días de manera voluntaria, por lo que a continuación te mencionaremos quienes descansarán este 1 y 2 de noviembre.

El Imparcial: imagen de artículo

Las fechas del 1 y 2 de noviembre en México, que son significativas para la tradición del Día de Muertos, generan incertidumbre sobre si son días de descanso o laborables. Aunque muchos mexicanos consideran el 1 de noviembre como un día festivo para iniciar estas celebraciones ancestrales, la ley no lo establece como un día de descanso obligatorio.

No obstante, existen excepciones, ya que algunas escuelas afiliadas a la Secretaría de Educación Pública (SEP) operan con normalidad el 1 de noviembre, aunque algunas autoridades escolares aprovechan la ocasión para iniciar las festividades.

Además, el 2 de noviembre sí se suspenden las clases, y recientemente se anunció que este descanso se extenderá, permitiendo que los alumnos, docentes y personal administrativo regresen a las escuelas para reanudar sus actividades hasta el lunes 6 de noviembre.

¿Cuáles son los días de Descanso Obligatorios?

Los días festivos o festivos se otorgan a los trabajadores para celebrar, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas y se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) , siendo estos:

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