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Lanzan plataforma para tramitar amparos contra el Padrón de Telefonía Móvil

Las demandas pueden interponerse de manera presencial, por correo certificado o a través del portal en línea Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.

CIUDAD DE MÉXICO.- La coalición #NoAlPadrón informó que cuenta con una plataforma gratuita para las personas que busquen generar una demanda de amparo en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, la cual pueden interponer hasta el 31 de mayo de 2021.

A través del sitio noalpadron.mx, las personas podrán obtener una demanda de amparo contra el Padrón mediante el llenado de un formulario", detalla la coalición en un comunicado.

Las demandas pueden interponerse de manera presencial, por correo certificado o a través del portal en línea Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.

"Las demandas presentadas se acumularán a un juicio de amparo interpuesto previamente por las organizaciones de #NoAlPadrón, de modo que se acumularán en un solo caso, esto facilitará el seguimiento de la acción legal y brindará visibilidad al esfuerzo colectivo", detalla.

En abril pasado se publicó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que obliga a los usuarios de telefonía móvil a entregar datos personales y biométricos, en caso contrario, su línea será cancelada.

INAI YA INTERPUSO ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

El pasado 26 de abril el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acción de inconstitucionalidad contra la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en vigor desde el 16 de abril.

Los siete comisionados advirtieron que las reformas, que contemplan el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) con datos biométricos, causan afectaciones a los derechos humanos, de acceso a la información y de protección de datos personales, además de ser "excesiva".

Coincidieron en que la entrega de datos personales de parte de los usuarios de telefonía móvil no garantiza la disminución de la incidencia delictiva, por lo que es una ley "regresiva entre derechos codependientes".

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