Indemnizará IMSS por 5 millones a padres por muerte de bebé
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) prometió que indemnizará con cinco millones de pesos a los padres de un recién nacido que murió en 2015 debido a un brote bacteriano.
CULIACÁN.- IMSS indemnizará a padres de bebé fallecido por brote bacteriano.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) prometió que indemnizará con cinco millones de pesos a los padres de un recién nacido que murió en 2015 debido a un brote bacteriano en el cunero del Hospital General Regional de Culiacán, informó la dependencia.
A través de una tarjeta informativa, indicó que la Unidad de Derechos Humanos de la Dirección Jurídica de la dependencia ordenó cubrir la reparación del daño de acuerdo a la recomendación 61/2018 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
"Los diversos procesos que se derivaron de los eventos del brote en el hospital HGR No. 1, fueron atendidos por el Instituto.
"El IMSS refrenda su compromiso de cooperar con los objetivos de la CNDH", aseguró.
Grupo REFORMA publicó ayer que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) condenó al IMSS por responsabilidad patrimonial del estado al haber actuado de manera negligente, ya que no se practicaron al menor los hemocultivos necesarios para detectar la bacteria que lo mató.
Tras los incansables esfuerzos de los padres, quienes denunciaron el caso en diversas instancias y obtuvieron una recomendación favorable de la CNDH, la bacteria en cuestión fue identificada mediante la exhumación del cadáver. El litigio ante la TFJA se extendió durante al menos cinco años con el objetivo de obtener una indemnización.
Por unanimidad, la Sala Superior del TFJA revocó la negativa del propio IMSS de reconocer su responsabilidad en este caso, dictada en 2017.
Las condiciones de higiene que prevalecían en el área de cunero en el momento de los hechos eran inadecuadas y carentes de técnicas de limpieza adecuada, lo que generaba un foco de infección", narró la magistrada Luz María Anaya, haciendo referencia a la recomendación 61/2018 de la CNDH.
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