Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / Mexico / INE

INE amonesta a Alcaldesa de Tepic por publicar gráfica de encuesta electoral en Edomex y elimina la publicación

Geraldine Ponce, decidió compartir una captura de pantalla sobre la gráfica de dicha encuesta a las 3:30 de la tarde, por lo que con esa acción rompió la veda electoral.

MÉXICO.- El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió una advertencia a Geraldine Ponce, la alcaldesa del Ayuntamiento de Tepic en Nayarit, debido a que infringió la prohibición electoral al publicar información sobre supuestas encuestas de salida de las elecciones en el Estado de México.

La funcionaria mencionó una consultora con sede en Monterrey, especializada en la realización de encuestas de opinión a través de llamadas telefónicas. Esta empresa llevó a cabo una encuesta para las elecciones a la gubernatura del Estado de México.

Por lo que la alcaldesa, Geraldine Ponce, decidió compartir una captura de pantalla sobre la gráfica de dicha encuesta a las 3:30 de la tarde, incurriendo en violación de veda electoral.

El Imparcial: imagen de artículo

Luego de recibir la advertencia por parte del INE, Ponce procedió a eliminar su publicación.

¿El INE la multará a Geraldine Ponce por romper la veda electoral?

El Instituto Nacional Electoral respondió a su publicación vía Twitter, tanto el artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en donde expuso que "se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien: durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentran en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos".


Elecciones 2023: ¿Qué es la veda electoral?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), la veda electoral es el conjunto de medidas que tienen el objetivo de generar condiciones para que la ciudadanía reflexione el sentido de su voto en libertad.


La veda electoral comprende el periodo de reflexión desde los 3 días previos a la jornada electoral y hasta la clausura de casillas, en este periodo se tiene prohibido los actos de campaña y de proselitismo electoral.


Así como difusión de todo tipo de propaganda electoral, exceptuando servicios educativos, de salud o protección civil, también se restringe la difusión o publicación de resultados, encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.


¿Cuál es la sanción por incumplimiento de la veda electoral?

Violar estas restricciones supone una sanción, tal como lo dicta la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. El Instituto Nacional Electoral es quien supervisa cada caso en cuestión, así como los órganos estatales.


Algunas de las sanciones por infringir la veda electoral son: amonestaciones, retiro de propaganda, multas, suspensiones, cancelación del registro del partido.

Te puede interesar: Delfina Gómez obtiene ventaja en Conteo Rápido con entre 52.1 y 54.2 por ciento

En esta nota