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Habrá tres días de “ley seca” por el Día de Muertos en Tláhuac

Con motivo la celebración de Día de Muertos se determinó prohibir la venta de bebidas alcohólicas para los días 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre.

Habrá tres días de “ley seca” por el Día de Muertos en Tláhuac

CIUDAD DE MÉXICO.- Tres días de “ley seca” por el Día de Muertos.

Con motivo la celebración de Día de Muertos, la alcaldía Tláhuac ordenó la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas el día 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre en los pueblos de San Pedro Tláhuac, San Andrés Mixquic y todas las colonias.

Se ordena la suspensión de actividades dentro del perímetro que comprende los Pueblos de San Pedro Tláhuac, San Andrés Mixquic y sus Colonias en la Alcaldía Tláhuac los días 31 de octubre, 01 y 02 de noviembre, de esta demarcación territorial en Tláhuac, para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días indicados del año 2022", indica la publicación en la Gaceta oficial de este lunes.

Ley Seca por Día de Muertos

La prohibición aplica en los establecimientos mercantiles que expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de la Celebración de Día de Muertos 2022 en la vía pública, tales como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar.

Así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile y cualquier otro similar.

Queda prohibido dentro del perímetro que comprende la demarcación territorial en Tláhuac en las fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares", añadió.

No obstante, se eximen de la aplicación del presente Acuerdo, a los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, solamente durante el horario que les permite su Permiso.

Cabe mencionar que las violaciones al presente acuerdo, serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.


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