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Cartilla del Servicio Militar: Requisitos, procedimiento y qué pasa si no la libero

Este es un trámite que todos los hombres mexicanos deberían cumplir, el cual inicia antes de cumplir los 18 años de edad. 

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cartilla del Servicio Militar Nacional (CSMN) es un documento de identificación expedida a los mexicanos en edad militar, que están obligados a cumplir, ya sea como “encuadrados” o “a disponibilidad”, en los diversos centros de adiestramiento.

El Artículo 1º de la Ley del Servicio Militar Nacional (LSMN) declara obligatorio y de orden público el servicio de las armas para todos los mexicanos por nacimiento o naturalización, entre los 18 y 40 años de edad, existiendo la posibilidad de efectuarlo en el extranjero.

Este es un trámite que todos los hombres mexicanos deberían cumplir, y cuyo trámite inicia antes de cumplir los 18 años de edad.

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Trámite de liberación de la Cartilla del Servicio Militar. Foto: Archivo GH

Expedición por primera vez (procedimiento ordinario)

La digitalización de los documentos mencionados anteriormente debe enviarse a docmon01@sre.gob.mx.

Proceso de verificación y entrega de cartilla

Los documentos serán verificados para su autorización, después se acordará una cita para proceder con el registro.

Ese mismo día, le será tomada la fotografía de la cartilla de manera digital, por lo que se le solicita al interesado presentarse con camisa blanca, peinado hacia atrás, con las patillas recortadas, bigote recortado a la altura del labio superior, sin barba, gorra, sombrero, lentes, sin aretes u otros objetos colocados en el rostro mediante perforaciones (piercing), etcétera.

La cartilla le será entregada al interesado en la oficina consular donde realizó el trámite.

Procedimiento de excepción (al contar con otra nacionalidad, ser mayor de 40 años, ser ministro de culto religioso o menonita)

a) acredite la otra nacionalidad distinta de la mexicana, ejemplo DNI o Pasaporte Canadiense o de otro país;

b) documento legal que acredite la calidad de ministro de culto expedido por la asociación religiosa a que pertenezcan; o

c) certificado que acredite ser menonita.

Es necesario que vengan con la frente descubierta y con el cabello corto, sin barba, sin patilla, sin adornos de ninguna especie, sin lentes, si usa bigote, éste deberá estar rasurado.

Reposición de la CSMN por robo, extravío o se encuentre mutilada

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¿Qué pasa si no lo hago?

De forma legal no se establece sanciones penales o administrativas para las personas que no realicen el Servicio Militar o que no liberen su cartilla, pero, se incumpliría con un mandato de la Constitución, y también, tendría consecuencias en cuestiones laborales.

Si se desea trabajar en el gobierno, el no tener este documento podría representar un impedimento para la contratación.

La Ley General del Servicio Militar Nacional, señala que todos los funcionarios federales, estatales y municipales tienen que haber cumplido tienen que haber cumplido con el Servicio Militar Nacional. En caso que no fuera así, serán remitidos con las autoridades correspondientes para que lo hagan.

En el sector privado, no es tan necesario, pero, dependiendo del giro de la empresa, para algunos puestos de trabajo es obligatorio, por ejemplo, para personal de seguridad, custodios de valores, monitoristas para circuito cerrado, guardias, etc.

Además, era necesario tener la cartilla liberada, al momento de salir del país, pues las autoridades de migración la pedían, sin embargo, dicho requisito fue eliminado durante la administración del ex presidente Vicente Fox.

Con información de Dinero en Imagen, sitio web consulmex.gob.mx y gob.mx

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