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CNDH aplaude reformas a la Ley Minera que protegen derechos indígenas y ambiente

CNDH celebra las reformas a la Ley Minera que fortalecen la protección ambiental y de los derechos indígenas y afrodescendientes, y prohíben concesiones en zonas de riesgo: un avance histórico en la defensa de los grupos vulnerables y el medio ambiente.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aplaudió las reformas realizadas a la Ley Minera y destacó que estas garantizarán la protección del medio ambiente y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas o afrodescendientes. La CNDH señaló que la prohibición de otorgar concesiones en áreas naturales protegidas o donde se ponga en riesgo la población es un gran avance que prevé derechos y prerrogativas de los mencionados grupos.

Destacan leyes que prohíben trabajos de explotación y beneficio minero:

La reforma también prohíbe obras y trabajos de exploración, explotación y beneficio minero en zonas protegidas, en cauces de agua nacional y sus zonas federales, zócalos submarinos de islas, cayos y arrecifes, lecho marino, zona económica exclusiva, zona federal marítimo terrestre y en los terrenos ganados al mar. Estos avances garantizan los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, reiteradamente violados en el periodo neoliberal.

Avisan que se exige consulta previa y adecuada para otorgar concesiones:

Además, la CNDH destacó que las reformas exigen llevar a cabo la consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe antes de otorgar concesiones en los territorios de los pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas. La persona que solicite la concesión o asignación deberá cubrir el costo de dicha consulta.

Quien obtenga el fallo deberá realizar estudio de impacto ambiental:

Otro aspecto a destacar es que la persona que obtenga el fallo a su favor deberá realizar un estudio de impacto social y obtener autorización de la manifestación de impacto ambiental, así como medidas de prevención, mitigación y compensación. Si un terreno sujeto a concurso alberga a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana, la persona ganadora deberá suscribir un convenio con la comunidad correspondiente para obtener el permiso de uso del terreno y cubrir una contraprestación.

Por último, la CNDH corroboró que la Secretaría de Economía podrá declarar la nulidad de concesiones y actos administrativos regulados por la Ley Minera, así como promover juicio de lesividad en contra de resoluciones y concesiones que lesionen el interés público o a la Administración Pública Federal.

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