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Reforma al ISR 2027: Qué cambia para empresas y contribuyentes RESICO

El efecto dependerá de sus ingresos, gastos deducibles, pérdidas pendientes de amortizar y régimen fiscal.

Reforma al ISR 2027: Qué cambia para empresas y contribuyentes RESICO

MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para el ejercicio fiscal 2027 que incluyen nuevos límites a las deducciones de grandes empresas y una ampliación de los ingresos permitidos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

La reforma también plantea cambios en el aprovechamiento de pérdidas fiscales y en las deducciones de intereses, por lo que sus efectos serían distintos para cada contribuyente.

El dictamen fue aprobado en la Cámara baja y enviado al Senado de la República para continuar el proceso legislativo. Por tanto, los cambios todavía no deben presentarse como reglas fiscales definitivas: su aplicación dependerá de la aprobación correspondiente y de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué cambia con la reforma al ISR 2027?

La propuesta modifica las condiciones para deducir determinados gastos y pérdidas fiscales, al mismo tiempo que amplía los límites de ingresos para acceder al RESICO. Entre las medidas que más interesan a empresas, pequeños negocios y personas físicas con actividad empresarial destacan las siguientes:

  • Deducciones empresariales: se establece un mecanismo de límites para compañías con ingresos anuales superiores a 50 millones de pesos.
  • Pérdidas fiscales: se propone limitar su aplicación a 50% de la utilidad fiscal del ejercicio, con un plazo ampliado de 10 a 20 años.
  • RESICO para personas físicas: el límite de ingresos anuales aumentaría de 3.5 a 5 millones de pesos.
  • RESICO para personas morales: el umbral subiría de 35 a 50 millones de pesos.
  • Intereses netos: se plantea reducir de 30% a 20% el límite deducible respecto de la utilidad fiscal ajustada. El Financiero+2

Estos ajustes no significan que todos los contribuyentes pagarán más o menos impuestos de manera automática. El efecto dependerá de sus ingresos, gastos deducibles, pérdidas pendientes de amortizar y régimen fiscal.

Estos ajustes no significan que todos los contribuyentes pagarán más o menos impuestos de manera automática. El efecto dependerá de sus ingresos, gastos deducibles, pérdidas pendientes de amortizar y régimen fiscal. Foto: Gemini.

¿Cómo funcionaría el límite a las deducciones de las empresas?

Para las empresas que superen los 50 millones de pesos de ingresos anuales, el dictamen establece un mecanismo que restringe el monto de las deducciones autorizadas. El porcentaje aplicable dependerá de la relación entre las deducciones y los ingresos acumulables.

De acuerdo con la información publicada sobre el dictamen, el mecanismo contempla límites de 99% o 96.67%, según el supuesto correspondiente. Esto puede elevar la utilidad fiscal sobre la que se calcula el ISR cuando una compañía ya no pueda deducir la totalidad de los conceptos que anteriormente aplicaba.

El efecto concreto dependerá de la estructura de costos y del resultado fiscal de cada empresa. Por ello, no es correcto afirmar que todas las compañías con ingresos superiores a 50 millones pagarán el mismo incremento de impuestos.

¿Cómo cambiaría el RESICO para pequeños negocios y personas físicas?

La reforma propone ampliar los límites de ingresos para que más contribuyentes puedan incorporarse al Régimen Simplificado de Confianza. El objetivo es extender el alcance del esquema a personas y negocios que actualmente superan los umbrales vigentes.

Tipo de contribuyenteLímite vigente reportadoLímite propuesto para 2027
Personas físicas3.5 millones de pesos al año5 millones de pesos al año
Personas morales35 millones de pesos al año50 millones de pesos al año

Los límites corresponden a los cambios reportados en el dictamen aprobado por la Cámara de Diputados. La posibilidad de tributar en RESICO también depende de los demás requisitos y restricciones previstos en la ley, por lo que alcanzar el umbral de ingresos no garantiza por sí solo el acceso al régimen.

¿El RESICO tendrá una tasa única de IVA de 7%?

Este punto requiere una precisión importante. El material original presenta el 7% como una tasa efectiva unificada de IVA y afirma que el ISR y el IVA se pagarán en una sola declaración. Sin embargo, esa descripción no debe publicarse como si implicara que la tasa general del IVA fue sustituida por una tasa de 7% para todos los contribuyentes del RESICO.

La información publicada sobre el dictamen menciona medidas de simplificación fiscal para determinados contribuyentes, pero es necesario verificar el texto legislativo específico para explicar correctamente a qué operaciones, personas y obligaciones se aplicaría el mecanismo. El RESICO y el IVA son figuras distintas, con reglas propias.

¿Qué pasará con las pérdidas fiscales y los intereses deducibles?

La reforma también plantea cambios para las empresas que buscan compensar pérdidas de años anteriores o deducir intereses derivados de sus obligaciones financieras.

  • Pérdidas fiscales: la propuesta limita su aplicación a 50% de la utilidad fiscal de cada ejercicio y amplía de 10 a 20 años el periodo para aprovecharlas.
  • Intereses netos: el límite de deducción bajaría de 30% a 20% de la utilidad fiscal ajustada.
  • Planeación financiera: las empresas deberán revisar cómo estos límites afectarían sus resultados fiscales y sus proyecciones de liquidez.

La ampliación del plazo para aplicar pérdidas no significa que puedan deducirse sin restricciones. El porcentaje permitido en cada ejercicio y las condiciones establecidas en el decreto determinarían cuánto puede utilizarse en cada periodo.

¿Cuándo entraría en vigor la reforma fiscal de 2027?

La reforma forma parte de las medidas fiscales previstas para el ejercicio 2027. Tras la aprobación en la Cámara de Diputados, el Senado debe revisar la minuta y votar lo que corresponda. Después, el decreto tendría que seguir el procedimiento constitucional y publicarse en el DOF para que sus disposiciones entren en vigor conforme a los artículos transitorios.

Para consultar el avance legislativo y las reglas definitivas, los contribuyentes pueden revisar las publicaciones de la Cámara de Diputados, el Senado de la República y el Diario Oficial de la Federación.

Hasta que concluya el proceso legislativo, las personas físicas y morales deben distinguir entre las reglas vigentes y las modificaciones propuestas. Antes de cambiar de régimen, ajustar deducciones o modificar sus pagos provisionales, conviene revisar el texto final del decreto y evaluar su impacto con base en los ingresos y gastos de cada contribuyente.

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