¿Te siguen en una tienda por tu apariencia? Así puedes denunciar este tipo de discriminación conocida como perfilamiento racial
Los establecimientos pueden prevenir el perfilamiento racial mediante protocolos de seguridad basados en criterios objetivos.

MEXICO.- Si el personal de seguridad de una tienda, restaurante o establecimiento te vigila de manera insistente, te interroga o te revisa por tu tono de piel, origen étnico, apariencia física o forma de vestir, podrías estar ante un caso de perfilamiento racial.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), mediante el material Nadie Afuera, explica cómo identificar estas conductas y señala que es posible presentar una queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
La información se incluye en la edición de octubre de 2026 de la Revista del Consumidor de Profeco, según el material proporcionado. El tema se relaciona con los derechos a la igualdad y a la no discriminación reconocidos en México.
La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en colaboración con el Conapred y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), documentó distintas experiencias y percepciones de discriminación en el país.

¿Qué es el perfilamiento racial en una tienda?
El perfilamiento racial es una práctica discriminatoria en la que una persona recibe un trato sospechoso por características como su origen étnico o racial, tono de piel, apariencia física o vestimenta, en lugar de que la intervención se base en hechos objetivos relacionados con su conducta.
En un establecimiento comercial, esta práctica puede manifestarse cuando un guardia sigue repetidamente a un cliente, lo intercepta sin una justificación objetiva o lo somete a cuestionamientos que no se hacen a otras personas en circunstancias similares.
El material Nadie Afuera advierte que la situación puede escalar e incluir distintas conductas:
- Vigilancia insistente: seguir a una persona por los pasillos o mantenerla bajo observación debido a su apariencia.
- Interrogatorios injustificados: cuestionarla sobre su identidad, sus actividades o las razones por las que se encuentra en el establecimiento.
- Intercepciones sin fundamento: detener su paso o impedirle continuar únicamente por prejuicios relacionados con sus características físicas.
- Revisiones corporales o de pertenencias: intensificar la intervención sin una justificación objetiva.
- Cuestionamientos sobre nacionalidad o migración: poner en duda que la persona pertenezca al país o asumir que se encuentra en situación migratoria irregular.
La diferencia no está únicamente en que el personal de seguridad observe a un cliente. Lo relevante es si el trato responde a una razón objetiva o si está motivado por prejuicios relacionados con su apariencia, origen o identidad.
¿Dónde denunciar si te discriminan en un establecimiento?
Si consideras que sufriste discriminación por parte del personal de una tienda u otro establecimiento, puedes acudir al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), organismo encargado de promover y proteger el derecho a la igualdad y a la no discriminación.
Los materiales institucionales del Consejo contemplan la recepción de quejas por medios telefónicos, correo electrónico, vía web y de manera presencial.
¿Cuáles son los teléfonos y el correo del Conapred?
Estos son los canales de contacto publicados por el organismo:
Correo electrónico
quejas@conapred.org.mx
Ciudad de México y zona metropolitana
55 5262 1490
Resto del país
800 543 0033
Atención presencial
Londres 247, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México.
Datos de contacto respaldados por materiales institucionales del Conapred.
conapred.org.mx
También puedes consultar el sitio oficial del Conapred para verificar las vías de atención y los requisitos vigentes antes de presentar tu queja.
¿Qué información conviene reunir para presentar una queja?
Para explicar lo ocurrido, es útil reunir la información disponible sobre el incidente. Como preparación para el contacto con el Conapred, puedes organizar los siguientes datos:
- Fecha, hora y lugar: nombre del establecimiento, sucursal y ubicación.
- Descripción de los hechos: qué hizo o dijo el personal de seguridad, cuánto duró la intervención y cómo terminó.
- Personas involucradas: si es posible, identifica al personal participante o a los testigos.
- Elementos de respaldo: conserva los comprobantes de compra, mensajes, fotografías o videos obtenidos legalmente que puedan ayudar a documentar lo sucedido.
Estos elementos son recomendaciones prácticas para describir el caso; no constituyen una lista oficial de requisitos obligatorios. El Conapred puede orientar sobre el procedimiento aplicable y la información necesaria para admitir una queja.
¿Qué responsabilidad tienen las tiendas y los restaurantes?
Los establecimientos pueden prevenir el perfilamiento racial mediante protocolos de seguridad basados en criterios objetivos, capacitación del personal, supervisión de los guardias y medidas para atender posibles actos discriminatorios.
La aplicación de medidas de seguridad no justifica automáticamente un trato diferenciado por el tono de piel, la vestimenta o el origen de una persona. Para determinar si una conducta constituye discriminación, es necesario considerar las circunstancias concretas y los motivos de la intervención.
La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, disponible en el portal de la Cámara de Diputados, establece el marco legal federal en esta materia. La definición legal contempla distinciones, exclusiones o restricciones que obstaculicen el ejercicio de derechos cuando se basan en motivos como el origen étnico o nacional, el color de piel o la apariencia física.
¿Qué dicen los datos del INEGI sobre la discriminación por apariencia?
La ENADIS 2022 ofrece información nacional sobre las experiencias de discriminación de distintos grupos de población. Entre sus resultados, el INEGI reportó que 29.7% de la población afrodescendiente de 12 años y más señaló la discriminación por su apariencia como la principal problemática que enfrentaba como grupo.
Este dato corresponde a una problemática declarada por la población afrodescendiente encuestada; no representa el porcentaje de personas discriminadas en tiendas ni permite estimar cuántos casos de perfilamiento racial ocurren en establecimientos comerciales.
La encuesta fue levantada del 18 de julio al 9 de septiembre de 2022 y abarcó 42 mil 302 viviendas, con cobertura nacional. Sus resultados pueden consultarse en el portal oficial de la ENADIS 2022 del INEGI.
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