EU amplía revisión de redes sociales para visas: esto cambia para mexicanos
La nueva disposición del Departamento de Estado alcanza las siguientes tres categorías de visa y establece estas nuevas condiciones para sus solicitantes.
Estados Unidos amplía desde este 1 de octubre de 2026 la revisión de presencia en línea para quienes soliciten visas de no inmigrante TN, TD e I. Como parte del proceso, los solicitantes deberán configurar sus perfiles de redes sociales como públicos o abiertos para facilitar la revisión de su presencia en línea.
La medida fue anunciada por el Departamento de Estado de Estados Unidos el 18 de septiembre de 2026. La dependencia explica que la revisión se utiliza durante el proceso de evaluación de visas y que la nueva disposición incorpora las categorías I —representantes de medios extranjeros—, TN —profesionales contemplados por el T-MEC— y TD —familiares dependientes—.
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¿Qué visas de Estados Unidos estarán sujetas a la revisión de redes sociales?
La ampliación aplica a tres categorías de visas de no inmigrante:
- TN: para profesionales de México y Canadá que cumplen los requisitos establecidos para esta categoría.
- TD: para cónyuges e hijos dependientes de personas con estatus TN.
- I: para representantes de medios de comunicación extranjeros.
El Departamento de Estado indica que los solicitantes de estas tres categorías deberán establecer la privacidad de todas sus cuentas de redes sociales como “públicas” u “abiertas” para facilitar la revisión de su presencia en línea.
¿Desde cuándo aplica la nueva revisión?
| Punto | Información oficial |
|---|---|
| Entrada en vigor | 1 de octubre de 2026 |
| Visas incorporadas | I, TN y TD |
| Configuración solicitada | Redes sociales públicas u abiertas |
| Autoridad | Departamento de Estado de EU |
| Alcance | Solicitantes de las categorías señaladas |
La disposición forma parte de una ampliación gradual de la revisión de presencia en línea. El Departamento de Estado ya había extendido este procedimiento a otras categorías de visas, entre ellas F, M, J y H-1B, además de diversas categorías de trabajadores, visitantes de intercambio y otros solicitantes.
¿Qué deben hacer los mexicanos que soliciten una visa TN, TD o I?
Los solicitantes que correspondan a estas categorías deberán revisar la configuración de privacidad de sus perfiles y establecerlos como “públicos” u “open”, de acuerdo con la instrucción del Departamento de Estado.
La medida no establece en el comunicado una obligación general para todas las personas mexicanas que tramiten cualquier tipo de visa estadounidense. El cambio anunciado está dirigido específicamente a las categorías TN, TD e I incorporadas al procedimiento desde el 1 de octubre.
El Departamento de Estado señala que utiliza la información disponible durante los procesos de selección y evaluación de visas para determinar la admisibilidad de los solicitantes y verificar su elegibilidad para la categoría solicitada.
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¿Dónde consultar los requisitos oficiales para la visa?
Los solicitantes deben consultar la información vigente del Departamento de Estado de Estados Unidos y de la Embajada y consulados de Estados Unidos en México antes de realizar su trámite.
Para las visas TN y TD, la información oficial confirma que los ciudadanos mexicanos están sujetos al requisito de visa para ingresar bajo estas categorías, salvo las excepciones correspondientes.
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