Multarán con hasta 10 000 salarios mínimos por usar logos del gobierno en ilícitos o fraudes, descartan que memes y parodias sean contempladas en la reforma
El texto legal aprobado contempla sanciones específicas para quienes incurran en la suplantación de la identidad gráfica.

MÉXICO. — Las comisiones unidas de Justicia, Economía y de Estudios Legislativos Primera del Senado de la República aprobaron el dictamen que modifica la Ley Federal de Protección Industrial.
Según información publicada por El Universal la iniciativa busca frenar la piratería y sancionar el uso no autorizado de logotipos e imágenes oficiales en plataformas digitales y documentos públicos.
La discusión en comisiones prestó especial atención al Artículo 403 Bis, un apartado que generó discrepancias entre los grupos parlamentarios ante el temor de que se penalizara la difusión de memes, parodias o contenidos generados por creadores en redes sociales.
Para atender estas inquietudes, el texto recibió ajustes de último momento dirigidos a castigar únicamente los actos de engaño comercial y fraudes financieros.
¿De qué trata el cambio en el Artículo 403 Bis?
La reforma aprobada en comisiones se centra en combatir a quienes suplantan la identidad de dependencias públicas para cometer delitos o estafas.
- Votación en comisiones: El dictamen se avaló con 36 votos a favor, 12 en contra y una abstención.
- Modificación principal: Se acotó la redacción para precisar que la sanción aplicará solo cuando la reproducción o imitación de la identidad gráfica institucional se realice con intención de engaño o beneficio comercial ilícito.
- Postura de la oposición: Senadores de oposición mantuvieron sus votos en contra. Señalaron que el ajuste aún no explicita con suficiente claridad la protección total para quienes usan la imagen pública con fines de sátira o parodia.

La justificación legal contra los fraudes digitales
Durante la sesión, el senador Javier Corral presentó la propuesta de modificación al texto legal con el fin de precisar el alcance de las conductas sancionables.
- Propósito del cambio: La modificación busca “establecer concretamente que esa inducción al engaño o al error a una o más personas tenga como propósito la comisión del ilícito”.
- Casos detectados: El legislador explicó la necesidad de frenar páginas apócrifas que engañan a la población: “Cuantas veces no nos hemos encontrado en el manejo absolutamente inventado de portales con logos del gobierno y con los que se requiere a personas, incluso depósitos con los que se les dice incluso que si compran una acción se convierten en accionistas de Pemex utilizando la imagen gráfica”.
- Ajuste técnico: Se retiraron menciones ambiguas sobre dependencias para concentrar el tipo penal en el uso comercial no autorizado que induzca al error.
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¿Qué pasará con las parodias, memes e influencers en esta reforma?
La discusión también abordó el alcance que la medida tendrá sobre creadores de contenido y medios de comunicación.
- Análisis legislativo: La senadora Alejandra Barrales señaló que la propuesta revisada ofrece mayor certidumbre al acotar el delito al engaño deliberado: “Me parece que eso nos resuelve en gran medida el tema. ¿Por qué? Porque nadie puede pensar que las parodias, que las revistas, que todos estos temas a los que a nosotros hacemos alusión y que son los que nos preocupan, los influencers, que además abiertamente muchos de ellos monetizan, hay que decirlo, no podríamos tampoco sancionarlos porque reciben un beneficio económico”.
- Siguiente etapa: Tras la revisión en comisiones, el dictamen pasó al pleno del Senado de la República para su discusión y posterior votación.

¿Qué penas y multas están establecidas en el dictamen?
El texto legal aprobado contempla sanciones específicas para quienes incurran en la suplantación de la identidad gráfica institucional a escala comercial:
- Pena de prisión: Se imponen sanciones de 1 a 5 años de cárcel.
- Sanciones económicas: Multas que van de 1,000 a 10,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) vigentes al momento en que se cometa el delito, actualmente es equivalente a más de 315 mil pesos y hasta 3 millones 150 mil pesos.
- Ámbito de aplicación: Aplica a quien reproduzca, imite o incorpore la identidad gráfica oficial en sitios web, dominios electrónicos o cualquier documento oficial con la intención de cometer un ilícito.
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