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SCJN confirma sentencia contra Emilio Lozoya, exdirector de PEMEX: Deberá indemnizar a periodista Lourdes Mendoza por daño moral

Esta resolución constituye el primer fallo judicial definitivo contra Lozoya derivado del caso Odebrecht, uno de los escándalos de corrupción más relevantes en la historia reciente de México.

SCJN confirma sentencia contra Emilio Lozoya, exdirector de PEMEX: Deberá indemnizar a periodista Lourdes Mendoza por daño moral

Por unanimidad, el Pleno de la Corte aprobó el proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías, que desechó el recurso de revisión promovido por Lozoya.

Los ministros determinaron que el caso no implicaba un asunto de constitucionalidad, por lo que no correspondía al máximo tribunal revisarlo.

La decisión ratifica la validez de la sentencia emitida previamente por instancias inferiores, que concluyeron que el exfuncionario causó un daño a la reputación de la periodista al acusarla falsamente de recibir sobornos.

¿Por qué demandó Lourdes Mendoza a Emilio Lozoya?

El conflicto se originó en agosto de 2020, cuando Lozoya presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR).

Buscaba obtener un criterio de oportunidad, figura legal que permite a los imputados colaborar con la investigación a cambio de beneficios judiciales.

En ese documento, el exdirector de Pemex acusó a legisladores y funcionarios públicos de haber recibido cantidades millonarias de dinero de la empresa brasileña Odebrecht

Según su declaración, estos sobornos tenían como objetivo asegurar la aprobación de la reforma energética impulsada durante el gobierno de Enrique Peña Nieto.

Dentro de su denuncia, Lozoya también señaló que el entonces secretario de Hacienda, Luis Videgaray, le habría instruido comprar una bolsa de lujo para Mendoza Peñaloza.

Además, afirmó que la periodista formaba parte de una lista de comunicadores presuntamente sobornados para mantener una cobertura favorable al gobierno.

La periodista consideró que estas acusaciones eran falsas y afectaban su reputación profesional y personal, por lo que decidió demandar a Lozoya por la vía civil.

En mayo de 2022, un juez federal condenó a Lozoya tras analizar las pruebas presentadas, la autoridad judicial concluyó que sus acusaciones contra Mendoza Peñaloza carecían de sustento y que efectivamente habían dañado su honor y prestigio.

La sentencia fue confirmada en segunda instancia. Posteriormente, en 2023, Lozoya promovió un amparo directo, pero le fue negado.

Fotografía de archivo de Emilio Lozoya, durante una conferencia de prensa en Ciudad de México (México). EFE/José Méndez

Los tribunales consideraron que se trataba de un asunto de responsabilidad civil y no un tema relacionado con libertad de expresión, como pretendía hacer valer el exfuncionario.

En enero de 2024, Lozoya recurrió a la Suprema Corte, en donde su defensa planteó que las declaraciones realizadas ante la FGR estaban protegidas por la libertad de expresión y por su calidad de denunciante.

Argumentó que el caso debía analizarse bajo estándares constitucionales y de derechos humanos, y que las instancias inferiores no habían considerado adecuadamente estas garantías al emitir sus fallos.

Sostuvo que, al presentar su denuncia, actuaba en ejercicio de un derecho y que no podía ser sancionado civilmente por manifestaciones realizadas en el contexto de un procedimiento penal.

El Pleno de la Corte, con base en el proyecto de la ministra Herrerías, determinó que los agravios presentados por Lozoya consistían únicamente en cuestiones de legalidad ordinaria y valoración de pruebas.

Los ministros concluyeron que el exfuncionario no planteó un problema genuino de constitucionalidad que justificara la intervención del máximo tribunal.

Es decir, no logró demostrar que en el caso existiera una violación directa a derechos fundamentales que debiera ser revisada por la Corte.

Al tratarse de un asunto de mera legalidad, correspondía a los tribunales ordinarios resolverlo, como ya lo habían hecho en instancias previas, por esta razón, la SCJN desechó el recurso sin entrar al fondo del asunto.

Con esta decisión, la sentencia condenatoria queda firme y ejecutable y Lozoya deberá cumplir con el pago de la indemnización fijada por daño moral a Lourdes Mendoza, aunque el monto específico no fue revelado en la resolución de la Corte.

Se trata de la primera resolución judicial definitiva en contra del exdirector de Pemex derivada del caso Odebrecht. Hasta ahora, Lozoya enfrentaba diversas acusaciones y procesos penales, pero ninguno había concluido con una sentencia firme.

El caso Odebrecht ha implicado a funcionarios de varios países latinoamericanos por el pago de sobornos a cambio de contratos de infraestructura.

En México, las investigaciones han señalado a altos exfuncionarios de los gobiernos de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto

Además de esta demanda civil, Lozoya enfrenta procesos penales por los presuntos sobornos recibidos de Odebrecht cuando dirigió Pemex. Estos incluyen acusaciones por operaciones con recursos de procedencia ilícita, asociación delictuosa y cohecho.

El exfuncionario permanece en libertad condicional mientras continúan las investigaciones.

Su estrategia legal se ha basado en colaborar con la FGR a través de la figura de criterio de oportunidad, aunque hasta ahora no se ha llegado a una resolución definitiva en la vía penal.

La resolución de la SCJN no afecta directamente esos procesos, pero constituye un revés judicial importante para Lozoya, quien suma así su primera condena firme en el entramado de casos legales que enfrenta desde que se destapó el escándalo de corrupción.

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