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La SCJN vuelve a revisar el caso Acteal, donde 45 personas fueron asesinadas en Chiapas en 1997, para analizar el desplazamiento forzado y la reparación del daño

La revisión del máximo tribunal se centrará en si el Estado mexicano debe reconocer el desplazamiento forzado de las comunidades afectadas y ampliar las medidas de reparación del daño casi tres décadas después de los hechos.

La SCJN vuelve a revisar el caso Acteal, donde 45 personas fueron asesinadas en Chiapas en 1997, para analizar el desplazamiento forzado y la reparación del daño

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer nuevamente el caso Acteal, en el que se revisarán asuntos de desplazamiento forzado interno y la reparación del daño a víctimas.

La noticia fue difundida el 12 de febrero de 2026, luego de que la Corte notificó a las partes involucradas que el expediente sería analizado de forma directa por el máximo tribunal.

El caso Acteal se refiere a la masacre de 45 personas en 1997, ocurrida en el municipio de Chenalhó, Chiapas, en un contexto de violencia relacionada con el conflicto armado interno y tensiones entre comunidades. La decisión de atraer el caso abre una etapa de revisión jurídica más amplia.

Qué significa que la Corte atraiga el caso

Cuando la SCJN atrae un caso, asume su competencia directa para conocer y resolver sobre las materias del expediente, sin pasar por instancias inferiores.

En este caso, la Corte revisará temas clave que no habían sido resueltos plenamente, entre ellos el reconocimiento del desplazamiento forzado interno y las obligaciones del Estado mexicano para la reparación integral del daño.

La atracción representa la posibilidad de criterios vinculantes que orienten decisiones sobre derechos humanos en casos similares.

Desplazamiento forzado interno: por qué importa

El desplazamiento forzado interno ocurre cuando personas o comunidades son obligadas a dejar su lugar de origen sin cruzar fronteras internacionales, generalmente por violencia o amenazas.

En Acteal, familias enteras se vieron forzadas a abandonar sus hogares antes y después de la masacre. El reconocimiento legal de este fenómeno influye en cómo el Estado debe resarcir daños y garantizar no repetición.

Expertos en derechos humanos sostienen que la revisión por parte de la Corte podría establecer precedentes jurídicos importantes para otras comunidades afectadas por la violencia interna en México.

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Reparación del daño: qué se busca

La reparación del daño no se limita a compensaciones económicas: incluye reconocimiento de responsabilidad, atención integral, garantías de no repetición y restitución de derechos.

Las víctimas y organizaciones de la sociedad civil han argumentado que las acciones anteriores del Estado no han sido suficientes para atender plenamente las consecuencias físicas, psicológicas, sociales y colectivas del caso Acteal.

Con la SCJN a cargo de la revisión, se espera que estos elementos sean objeto de un análisis profundo y vinculante.

Contexto histórico del caso Acteal

La masacre de Acteal ocurrió el 22 de diciembre de 1997, cuando un grupo armado atacó a un grupo de personas que se encontraban en rezos y actividades comunitarias.

Entre los asesinados había mujeres, hombres, niñas y niños de la comunidad las Abejas, una organización pacifista.

Desde entonces, el caso ha sido emblemático en México por los retos en justicia transicional, verdad, memoria y reparación integral para las víctimas y sus familias.

Qué sigue tras la decisión de la Corte

Tras la atracción del caso, la SCJN establecerá un calendario procesal para recibir alegatos, pruebas y opiniones de las partes, incluidos representantes de víctimas y del Estado.

Este proceso puede tomar meses e incluir audiencias públicas y debate jurídico antes de que se emita una resolución final con efectos vinculantes.

La decisión es observada de cerca por defensores de derechos humanos, académicos y comunidades que han vivido desplazamientos forzados en distintas regiones del país.

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