Un amparo federal ‘tumbó’ la condena de 70 años contra el exdiputado del PT, Gustavo Díaz, alias “El Gato”, por doble homicidio y obligó a Oaxaca a liberarlo al quedar sin sustento legal el proceso
Gustavo Díaz, exdiputado local conocido como “El Gato”, había sido condenado a 70 años de prisión por el asesinato de un joven y de su madre en Cosolapa, Oaxaca, un crimen que la Fiscalía atribuyó a un grupo armado bajo su mando; aunque un tribunal lo sentenció por doble homicidio, años después la justicia federal concluyó que las pruebas no eran suficientes para sostener esa condena.

CIUDAD DE MÉXICO.- Gustavo Díaz Sánchez, conocido como “El Gato”, fue diputado local por el PRI y, posteriormente, se le identificó como político ligado al PT.
Durante años mantuvo influencia en la región de la Cuenca del Papaloapan, en los límites de Oaxaca y Veracruz. Además de su trayectoria política, investigaciones ministeriales lo señalaron como presunto operador de una célula criminal con vínculos con el Cártel Jalisco Nueva Generación.
Su detención ocurrió el 4 de noviembre de 2021, cuando fue arrestado tras intentar intervenir para evitar la aprehensión de su hijo, Gustavo Abigail Díaz, alias “El Pino”. Desde entonces permaneció recluido en el Centro Penitenciario Varonil de Tanivet.
La condena de 70 años que quedó sin efecto
En enero de 2023, un Tribunal de Enjuiciamiento de Oaxaca dictó una sentencia de 70 años de prisión contra Díaz Sánchez —35 años por cada víctima— por el asesinato de Juan Carlos H. M. y su madre, Francisca M. V..
Los hechos ocurrieron en julio de 2021, en la localidad de El Refugio, municipio de Cosolapa.
De acuerdo con la acusación, un grupo armado bajo su mando habría secuestrado al joven, cuyo cuerpo fue localizado decapitado en una carretera, y horas después habría asesinado a su madre.
¿Por qué un tribunal federal ordenó su liberación?
La liberación se derivó de un amparo directo concedido por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal y de Trabajo. El órgano judicial concluyó que las condenas carecían de sustento legal suficiente.
El punto central fue la insuficiencia probatoria: la acusación se apoyaba de manera relevante en el testimonio de un testigo que no fue plenamente identificado y que posteriormente fue asesinado.

Bajo la jurisprudencia vigente, la lectura de ese testimonio sin posibilidad de confrontación directa invalida su valor probatorio, lo que llevó a anular las sentencias por homicidio calificado, portación de armas y delitos contra la salud.
¿Qué dijeron las autoridades estatales?
La salida de prisión fue confirmada por el titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana de Oaxaca, Iván García Álvarez, quien explicó que el gobierno estatal ya no tenía margen legal para mantenerlo detenido.
“El Poder Judicial se lo otorga (el amparo) y nosotros ya no podemos objetar ningún tipo de retención porque concluyó el proceso”, señaló.
El funcionario añadió que Díaz Sánchez mantuvo “buen comportamiento” durante su reclusión, lo que, junto con las resoluciones judiciales, permitió su liberación del penal de Tanivet.
El contexto familiar y los señalamientos federales
El caso de Díaz Sánchez se inserta en un contexto más amplio. Su hijo, Gustavo Abigail “El Pino”, fue identificado públicamente por la entonces secretaria de Seguridad federal, Rosa Icela Rodríguez, como un generador de violencia vinculado al CJNG, relacionado con extorsión, cobro de piso, robo de hidrocarburos, transporte de carga, homicidios y tráfico de drogas.
Además, en 2022 fue detenido Alfredo Díaz, alias “El Balín”, hermano del exdiputado, por presuntos nexos similares, lo que reforzó la hipótesis oficial de una estructura criminal familiar con protección política regional.
Reacciones tras la liberación
Tras conocerse la resolución, la defensa y familiares de Díaz Sánchez aseguraron que las carpetas de investigación fueron “fabricadas” y celebraron el fallo judicial.
En contraste, sectores de la sociedad civil y ciudadanos expresaron críticas por el hecho de que una pena de siete décadas se haya extinguido en poco más de cuatro años de prisión.
¿Qué implica este caso para la justicia?
El caso reabre el debate sobre la solidez de las investigaciones penales en delitos de alto impacto y el peso de las garantías procesales. La resolución no implica una exoneración de hechos en el plano social, pero sí establece que, jurídicamente, las pruebas presentadas no cumplieron con los estándares exigidos por la ley, lo que obligó a dejar sin efecto la condena.
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