Estas son las líneas de celular que no deben vincularse a la CURP, según la CRT
El DOF detalla qué tarjetas SIM quedan fuera del registro obligatorio, quiénes sí deben vincular su línea y qué ocurre si el trámite no se realiza a tiempo.

La identificación obligatoria de líneas de telefonía móvil en México avanza con reglas claras y excepciones específicas.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos que establecen qué números deberán vincularse a una persona titular y cuáles quedan fuera de este registro, así como los plazos, requisitos y consecuencias para quienes no cumplan.
El objetivo central de esta medida, según lo explicado en el documento oficial, es asociar cada línea móvil con un responsable para reducir el uso ilícito de tecnologías de comunicación, sin afectar servicios que no permiten comunicación interpersonal directa.
A continuación, te explicamos de forma clara y ordenada qué líneas no deben registrarse, cuáles sí, cómo hacerlo y qué pasa si no cumples, con base en la información oficial publicada por la CRT en el DOF.
¿Qué líneas de celular están exentas del registro obligatorio?
De acuerdo con el Artículo 1 de los lineamientos emitidos por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, no todas las tarjetas SIM deben vincularse a la identidad de una persona.
Quedan exceptuadas del padrón móvil las líneas telefónicas asociadas a tarjetas SIM que no cuenten con la capacidad técnica para realizar alguna de las siguientes funciones:
- Generar llamadas de voz
- Enviar mensajes cortos (SMS)
- Realizar llamadas a través de internet
Esta excepción aplica principalmente a:
- Dispositivos diseñados exclusivamente para transmisión de datos
- Equipos de uso industrial o tecnológico
- Sistemas de monitoreo, sensores o maquinaria que no permiten comunicación directa entre personas
En estos casos, al no existir comunicación interpersonal, no se exige la vinculación de identidad.
¿Qué líneas sí deben registrarse en el padrón móvil?
Todas las líneas de telefonía móvil que sí permiten llamadas, mensajes o comunicación por internet, y que operan en territorio nacional, deben registrarse de manera obligatoria.
El cumplimiento de esta obligación es exigible tanto a:
- Concesionarios
- Empresas comercializadoras de servicios móviles
- Usuarios finales
La CRT establece que el registro es de observancia obligatoria, sin importar si la línea es de prepago o pospago.
¿Cómo se registra una línea telefónica móvil?
Para las líneas que sí requieren vinculación, el proceso se realizará de las siguientes formas:
- Acudiendo a un centro de atención de la empresa operadora
- Esperando a que la operadora contacte al usuario para solicitar el registro
En ambos casos, el usuario deberá presentar una identificación oficial que contenga la Clave Única de Registro de Población (CURP).
La información será validada directamente por el proveedor del servicio con el Registro Nacional de Población (Renapo), según lo establecido en los lineamientos oficiales publicados en el DOF.
¿Cuántas líneas puede tener registradas una persona?
La normativa fija un límite claro:
- Personas físicas: hasta 10 líneas telefónicas vinculadas a su nombre
Sin embargo, existen dos excepciones importantes:
- Personas morales o personas físicas con actividad empresarial, quienes deberán presentar su constancia de situación fiscal para justificar la necesidad de más líneas.
- Usuarios que ya contaban con 10 o más líneas en modalidad pospago antes de la entrada en vigor de los lineamientos.
Te puede interesar: ¿Te registraron tu celular sin saberlo? Lo que debes hacer si alguien usó tu CURP para el padrón telefónico

¿Hasta cuándo tengo para registrar mi celular?
El calendario oficial establece que el proceso formal de vinculación para:
- Líneas nuevas
- Líneas ya existentes
comenzará 30 días naturales después de la entrada en vigor del decreto, plazo que se cumple el 30 de junio, de acuerdo con lo publicado en el DOF.
A partir de esa fecha, los usuarios deberán completar el registro dentro del periodo legal establecido por su proveedor.
¿Qué pasa si no registro mi línea de celular?
Si un usuario no realiza la vinculación dentro del plazo correspondiente, la consecuencia inmediata será la deshabilitación del servicio.
Una línea deshabilitada:
- No podrá realizar ni recibir llamadas convencionales
- No podrá enviar ni recibir mensajes de texto
- Quedará limitada exclusivamente a funciones básicas de seguridad
¿Qué funciones conserva una línea suspendida?
Aunque la línea quede deshabilitada, seguirá permitiendo:
- Recibir mensajes de emergencia mediante el protocolo de alerta común
- Realizar llamadas a números de emergencia y atención ciudadana, específicamente:
- 911
- 074
- 079
- 088
- 089
- Contactar al centro de atención a clientes del proveedor para iniciar el proceso de regularización
¿Se puede reactivar una línea suspendida?
Sí. Las líneas suspendidas podrán ser reactivadas por su titular, siempre que se complete el proceso de vinculación antes de que expire el ciclo de vida de la línea, el cual es definido por cada operador.
Una vez cumplido el registro conforme a los lineamientos de la CRT, el servicio podrá restablecerse.
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