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A partir de 2026, algunos pensionados recibirán solo la mitad del aguinaldo tras fallo de la SCJN

La medida entra en vigor en 2026, no es retroactiva y solo impacta a nuevos pensionados del sistema de Zacatecas

A partir de 2026, algunos pensionados recibirán solo la mitad del aguinaldo tras fallo de la SCJN

CIUDAD DE MÉXICO.- Si eres pensionado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), esta información puede ser relevante para ti. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una reforma que reduce a la mitad el pago del aguinaldo para un grupo específico de personas jubiladas, con efectos a partir de 2026.

La decisión fue dada a conocer el lunes 12 de enero por la propia SCJN, a través de un comunicado oficial y replicada por medios nacionales como el Heraldo de México.

El fallo busca, según el máximo tribunal, atender problemas de sostenibilidad financiera del instituto.

Solo quienes estén inscritos en ambos programas podrán acceder a los tres pagos. Foto: Pexels/Canva

¿Qué resolvió exactamente la Suprema Corte?

La SCJN validó una reforma al artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas. Esta modificación reduce el aguinaldo de las personas pensionadas de 60 a 30 días, con aplicación a partir del año 2026.

“El Alto Tribunal validó la reforma al artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, que reduce de 60 a 30 días el pago de aguinaldo a las personas pensionadas”, señala el comunicado oficial de la Corte.

De acuerdo con el fallo, la finalidad de la reforma es garantizar la suficiencia presupuestaria y la viabilidad financiera del ISSSTEZAC en el largo plazo.

¿La reducción del aguinaldo viola derechos de los pensionados?

La Suprema Corte determinó que esta medida no viola el derecho humano a la seguridad social. Argumentó que se trata de una decisión razonable y que no es arbitraria, ya que responde a una situación financiera concreta del instituto estatal.

Además, el tribunal aclaró un punto clave para los actuales pensionados: la reforma no tiene efectos retroactivos. Esto significa que las personas que ya contaban con una pensión reconocida antes de la entrada en vigor de la reforma no verán reducido su aguinaldo.

La reducción aplicará únicamente a quienes se pensionen una vez que la reforma esté vigente.

¿Desde cuándo se aplicará el nuevo monto del aguinaldo?

El cambio comenzará a aplicarse a partir de 2026. Desde ese año, los nuevos pensionados del ISSSTEZAC recibirán un aguinaldo equivalente a 30 días de pensión, y no de 60, como ocurría hasta ahora.

Otros artículos de la ley que fueron invalidados

En la misma resolución, la SCJN invalidó los artículos 128 y 128 Bis de la Ley del ISSSTEZAC. La Corte consideró que estas disposiciones eran inconstitucionales porque condicionaban el otorgamiento de prestaciones al estado financiero y a la reserva técnica del instituto.

El tribunal señaló que hacer depender el acceso a derechos sociales de factores financieros indeterminados puede generar una afectación desproporcionada al derecho a la seguridad social, por lo que dichas cláusulas no pueden mantenerse vigentes.

Aguinaldo 2025 del IMSS e ISSSTE: qué hacer si no llegó o lo recibiste incompleto. Foto: Canvas

¿Qué pasa con el aguinaldo de los pensionados del ISSSTE y del IMSS?

Es importante aclarar que esta reducción no aplica a todos los pensionados del país. La medida afecta únicamente a quienes estén afiliados al ISSSTEZAC, que es un organismo estatal de Zacatecas.

Los pensionados del ISSSTE federal y del IMSS no están incluidos en esta resolución y continuarán recibiendo su aguinaldo conforme a las reglas actuales. Incluso dentro de Zacatecas, quienes ya estén pensionados antes de la entrada en vigor de la reforma no verán cambios en esta prestación.

Lo que conviene tener claro

La decisión de la Suprema Corte no elimina el aguinaldo ni lo reduce de forma generalizada. Se trata de un ajuste específico, con fecha de inicio definida y sin efectos retroactivos. Si estás por jubilarte bajo el régimen del ISSSTEZAC, este cambio es un elemento que conviene considerar en tu planeación financiera a mediano plazo.

Para el resto de los pensionados del país, el fallo no modifica sus derechos ni sus prestaciones actuales.

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