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Sheinbaum asegura que México cumplirá el Tratado de Aguas de 1944 sin afectar al campo ni al consumo humano; Gobierno libera 249 millones de metros cúbicos a Estados Unidos y aplica nueva estrategia de aguas nacionales con respaldo de la SRE y la CILA

El Tratado de Aguas de 1944 establece en su Artículo 4 que México debe entregar a Estados Unidos un volumen anual de agua proveniente de seis afluentes mexicanos del Río Bravo.

CIUDAD DE MÉXICO.- La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que el uso de agua de presas nacionales para cumplir con los compromisos hídricos con Estados Unidos no afectará la producción agrícola mexicana, y anunció que se aplicará una nueva estrategia de aguas nacionales para complementar la distribución del recurso entre los estados.

En este contexto, el Gobierno de México mantiene un seguimiento puntual al cumplimiento de la entrega de agua del Río Bravo, conforme a los acuerdos internacionales vigentes.

Cumplimiento del tratado

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó este 21 de diciembre que el Gobierno de México mantiene un seguimiento puntual al cumplimiento del Tratado de Aguas de 1944 con Estados Unidos, particularmente en lo referente a las entregas de agua del Río Bravo, conforme a lo establecido en el acuerdo internacional y en sus actas complementarias.

De acuerdo con la cancillería, las acciones adoptadas buscan cumplir los compromisos internacionales sin poner en riesgo el abasto de agua para consumo humano ni el uso agrícola en territorio mexicano, prioridad que se mantiene en todo momento. La información fue difundida de manera oficial por la SRE y respaldada por disposiciones de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA).

¿Qué medidas aplica México para cumplir el tratado?

Como parte de la estrategia, México ha implementado acciones extraordinarias que contemplan la entrega de volúmenes de agua del Río San Juan, siempre y cuando exista disponibilidad operativa en el sistema hidráulico nacional.

La SRE precisó que estas entregas se realizan priorizando el uso agrícola nacional y garantizando el suministro para consumo humano en las regiones mexicanas que dependen de estas fuentes, por lo que no se afectará a las poblaciones locales.

¿Por qué se utiliza el Río San Juan?

La cancillería explicó que el uso del Río San Juan para cumplir con los compromisos internacionales no es una medida extraordinaria sin sustento, ya que cuenta con precedentes legales.

Esta práctica está respaldada por el Artículo 9 del Tratado de Aguas de 1944 y por el Acta 331 de la CILA, que permiten considerar fuentes alternas dentro de la cuenca para cumplir con las obligaciones establecidas entre ambos países.

Liberación de 249 millones de metros cúbicos de agua a Estados Unidos

El Gobierno de México confirmó que liberó 249 millones de metros cúbicos de agua a Estados Unidos como parte de los compromisos del tratado.Según la información oficial, esta decisión no compromete el abasto nacional, ni para consumo humano ni para las actividades agrícolas.

El acuerdo fue alcanzado el 12 de diciembre, luego de una temporada de lluvias que permitió acumular el volumen necesario, y se apoya en la infraestructura hidráulica existente, bajo criterios de priorización para la población y el sector productivo mexicano.

Diálogo permanente con usuarios y autoridades

La SRE reiteró que el Gobierno de México mantiene una coordinación constante con los usuarios de la cuenca, así como un diálogo permanente con Estados Unidos en distintos niveles de gobierno.

El objetivo, señaló la dependencia, es asegurar una gestión equitativa del recurso hídrico, garantizando el acceso al agua para las comunidades mexicanas y el cumplimiento de los compromisos internacionales.

Ambos países trabajan actualmente en la elaboración de un plan conjunto para las entregas correspondientes al ciclo vigente, el cual deberá quedar definido a más tardar el 31 de enero de 2026.

Las autoridades mexicanas subrayaron que continuarán con la cooperación bilateral bajo el marco del Tratado de 1944, el cual contempla mecanismos para actuar conforme a los intereses de cada nación en caso de incumplimientos.

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¿Qué establece el Tratado de Aguas de 1944 sobre sequías?

El Tratado de Aguas de 1944 establece en su Artículo 4 que México debe entregar a Estados Unidos un volumen anual de agua proveniente de seis afluentes mexicanos del Río Bravo.

Sin embargo, el propio acuerdo prevé que, en caso de sequía extraordinaria, las entregas no necesariamente deben realizarse cada año, sino que pueden ajustarse en ciclos de cinco años.Si al finalizar un ciclo persisten faltantes por condiciones excepcionales, estos pueden reponerse en el siguiente periodo.

Sequía histórica y plazo hasta 2030 para compensar volúmenes

Durante el ciclo 2020-2025, la cuenca del Río Bravo enfrentó una sequía histórica que impidió a México cumplir con la totalidad de la cuota establecida, una situación prevista en el propio tratado.

Por ello, el país cuenta con un nuevo ciclo de cinco años, que concluirá en octubre de 2030, para compensar los volúmenes pendientes, sin que ello implique un incumplimiento formal del acuerdo.

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