Aunque por años no fue delito, la violencia en el noviazgo se investigará de oficio tras aprobarse reformas contra el abuso, el acoso sexual y la violencia digital para proteger a las mujeres
El Congreso capitalino avala reformas contra violencia de pareja abuso acoso sexual y violencia digital, los delitos se investigarán de oficio y se refuerza la protección a mujeres jóvenes

El Congreso capitalino avala reformas contra violencia de pareja abuso acoso sexual y violencia digital, los delitos se investigarán de oficio y se refuerza la protección a mujeres jóvenes — El Congreso capitalino aprobó la creación del delito de violencia entre pareja, incluidas las relaciones de noviazgo, diferenciándolo de la violencia familiar, con la finalidad de proteger y garantizar una vida libre de violencia a las mujeres en la Ciudad de México.
Este sábado, durante una sesión extraordinaria, las y los legisladores avalaron el paquete de reformas enviado por la jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, que contempla cambios al Código Penal y a la Ley de Cultura Cívica de la CDMX, enfocados en los delitos de abuso sexual, acoso sexual y acoso digital contra las mujeres.
Las reformas incluyen modificaciones a los artículos 176, 177 y 178 del Código Penal, así como ajustes en materia de género y acceso a una vida libre de violencias, con el objetivo de actualizar la legislación conforme a las realidades actuales que enfrentan las mujeres.
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Violencia entre pareja se investigará de oficio

Durante la presentación del dictamen, la diputada Cecilia Vadillo Obregón, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, explicó que uno de los cambios centrales es que la violencia entre pareja, al igual que la violencia familiar, se investigará de oficio.
Esto significa que el Ministerio Público deberá iniciar la investigación desde que tenga conocimiento de los hechos, sin que la responsabilidad recaiga únicamente en las víctimas para impulsar el proceso legal.
Vadillo Obregón detalló que la reforma distingue la violencia ejercida entre parejas de la que ocurre entre otros vínculos familiares, como hermanos, tíos u otros parientes, lo que permitirá generar estadísticas más precisas sobre violencia de género y diseñar políticas públicas más eficaces para combatirla.
El noviazgo entra al Código Penal
Uno de los puntos más relevantes de la reforma es que incluye el noviazgo y cualquier vínculo sexoafectivo dentro de esta modalidad de violencia, cerrando un vacío legal que dejaba sin protección a muchas mujeres jóvenes.
Antes de esta modificación, muchas víctimas no eran reconocidas por la ley al no existir una relación formal, lo que dificultaba el acceso a la justicia. Con este cambio, se busca garantizar justicia a quienes sufrían violencia en relaciones no formalizadas.
La legisladora aclaró que esta separación no desprotege a las madres víctimas de violencia, sino que obliga a jueces a revisar acuerdos de convivencia, guarda y custodia, e incluso a decretar la pérdida de la patria potestad cuando sea necesario, priorizando el interés superior de niñas y niños y previniendo la violencia vicaria.
Además, el dictamen establece que los agresores deberán acudir a talleres de reeducación, con el objetivo de transformar conductas aprendidas y replantear estereotipos de género y masculinidades que normalizan la violencia.
Cambios en abuso, acoso sexual y violencia digital

En materia de abuso y acoso sexual, la reforma establece que estos delitos se perseguirán de oficio, lo que implica que el Ministerio Público deberá investigar desde que tenga conocimiento de los hechos, sin que la carga recaiga en las víctimas.
Vadillo Obregón destacó la labor de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien, tras haber vivido acoso sexual en la calle, impulsó un plan nacional contra la violencia y el abuso sexual, así como el trabajo de Clara Brugada, quien presentó esta iniciativa para acompañar la reforma presidencial y proponer modificaciones adicionales.
Uno de los precedentes más relevantes es la incorporación del consentimiento como elemento central del acto sexual. La ley reconoce que el consentimiento puede retirarse en cualquier momento y deja claro que el silencio no equivale a consentimiento.
“Aquí se especifica que el consentimiento se puede retirar. Es decir, que si estabas coqueteando, ligando con alguien y decidiste que ya no y lo externaste, y esta persona siguió insinuándose, eso es acoso”, señaló.
Con ello, se elimina la idea de que la responsabilidad recaiga en las mujeres por no decir “no” y se establece que ciertas conductas no deben realizarse bajo ninguna circunstancia. Además, la reforma define legalmente qué es un acto sexual, cerrando vacíos que permitían interpretaciones discrecionales y la impunidad.
Por primera vez, también se crea un nuevo tipo de violencia sexual digital, reconociendo que las agresiones pueden ocurrir en el ámbito virtual. El envío de imágenes sexuales no solicitadas, mensajes intimidatorios o acoso en redes sociales será considerado delito, aun cuando no exista contacto físico.
Con esta modificación, las autoridades ya no podrán desestimar denuncias bajo el argumento de que “no pasó nada” por tratarse de hechos digitales, al reconocer que el miedo, la intimidación y la transgresión son reales.
“Un voto a favor de esta reforma es un voto por nuestras amigas, hermanas, madres, hijas y nietas”, se expresó durante la sesión, reiterando que en la Ciudad de México, si tocan a una, responden todas y todos.
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