Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / México / derechos LGBT

Guanajuato aprueba matrimonio igualitario y prohíbe terapias de conversión (ECOSIG), pero rechaza despenalizar el aborto

Congreso estatal da un paso histórico en derechos LGBTQ+ al modificar el Código Civil y penalizar ECOSIG, mientras mantiene penalizado el aborto voluntario.

Guanajuato aprueba matrimonio igualitario y prohíbe terapias de conversión (ECOSIG), pero rechaza despenalizar el aborto

El Congreso de Guanajuato ha cerrado un periodo legislativo con decisiones que marcan un avance histórico en derechos humanos para un sector de la población y mantienen una restricción de larga data para otro.

En una misma jornada, las y los diputados aprobaron dos reformas clave: el matrimonio igualitario y la prohibición de las llamadas “terapias de conversión”.

Sin embargo, también votaron, por quinta vez en siete años, en contra de la despenalización del aborto voluntario. Esta información, obtenida de boletínes del propio Congreso del Estado sobre los debates y votaciones públicas, refleja un panorama complejo donde los derechos avanzan en algunos frentes y se estancan en otros.

¿En qué consiste la reforma del matrimonio igualitario?

El pleno aprobó modificaciones al Código Civil del Estado. El cambio central es la redefinición del matrimonio.

Ahora se precisa que es “la unión libre de dos personas”, eliminando la anterior mención a “un hombre y una mujer”. El objeto de esta unión, según la reforma, es realizar una comunidad de vida donde los cónyuges se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua.

Toda la normativa que antes se refería a “marido y mujer” se ajusta para utilizar el término neutro “personas cónyuges”.

Durante el debate, legisladoras como María Eugenia García Oliveros y Sandra Alicia Pedroza Orozco destacaron argumentos a favor de la reforma:

  • La reforma homologa la ley local con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y con tratados internacionales.
  • Amplia las oportunidades de felicidad para los seres humanos.
  • Abre la puerta hacia la igualdad.
  • Valida las distintas formas de amar y de formar una familia.
  • Reconoce la lucha por los derechos de los colectivos y personas de la diversidad sexual y de género.
  • Fortalece la institución del matrimonio permitiendo que más personas aspiren a ello, bajo las normas de respeto, igualdad y ayuda mutua.

Durante años un sector de la sociedad ha vivido bajo la sombra de la humillación, derechos ignorados, dignidad ofendida, identidad negada y con libertad reprimida”, afirmó García Oliveros.

2024, el año con más matrimonios igualitarios en Sonora. Foto: Canvas

No todos los legisladores apoyaron la modificación: la diputada Susana Bermúdez Cano votó en contra, argumentando que el Código Civil anterior “no era discriminatorio” y que ya garantizaba un trato igualitario.

Por su parte, Karol Jared González Márquez cuestionó el cambio desde un punto de vista etimológico, señalando que la palabra “matrimonio” deriva del latín “mater” (madre), aunque reconoció que, debido a los criterios de la SCJN, crear una figura jurídica distinta era inviable.

A pesar de los argumentos en contra, la reforma se aprobó por mayoría de votos.

La penalización de las “terapias de conversión” (ECOSIG)

En una acción paralela, el Congreso reformó el Código Penal para prohibir y sancionar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o la Identidad de Género (ECOSIG). Ahora, imponer u obligar a un menor o persona incapaz a recibir estas “prácticas” se castigará con 2 a 6 años de prisión y multa.

Se considera ECOSIG cualquier sesión psicológica, psiquiátrica, médica o tratamiento que use violencia física, moral o psicoemocional con el fin de anular la orientación sexual o identidad de género de una persona.

Si el responsable es el padre, madre o tutor, la pena incluirá tratamiento psicoterapéutico obligatorio.

Las llamadas “terapias de conversión” buscan forzar un cambio en la identidad de género u orientación sexual de una persona.

¿Qué dijeron los promotores de esta ley?

Las diputadas expusieron el daño profundo de estas prácticas. María Eugenia García Oliveros las calificó como un “dolor que se ha mantenido en silencio durante décadas”.

Miriam Reyes Carmona aclaró que “los ECOSIG no son terapias, ni tratamientos médicos”, sino prácticas “crueles, discriminatorias e ineficaces”.

Sandra Alicia Pedroza Orozco fue contundente:

Las ECOSIG no son terapias, no tienen validez científica y no producen bienestar”.

El rechazo a la despenalización del aborto

Contrastando con los avances anteriores, el pleno rechazó, por 19 votos contra 17, tres dictámenes que buscaban despenalizar el aborto voluntario.

Las propuestas pretendían reformar el Código Penal y la Ley de Salud para que las mujeres y personas gestantes no enfrentaran sanciones penales por interrumpir un embarazo.

Esta es la quinta ocasión en siete años que una iniciativa similar es votada y negada en el Congreso local. La sesión concluyó con gritos de “Guanajuato es provida” desde las galerías.

Foto: La Cadera de Eva en Facebook.

La jornada legislativa en Guanajuato dejó un balance mixto. Por un lado, el estado se alinea con la mayoría de la SCJN y con una tendencia nacional al reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo y al prohibir prácticas consideradas tortura por organismos internacionales.

Por otro, mantiene una de las legislaciones más restrictivas del país en materia de derechos reproductivos. Estas decisiones reflejan las profundas divisiones sociales y políticas que existen en torno a los derechos de autonomía personal, la diversidad sexual y el papel del Estado en la vida privada de las personas.

Te puede interesar: Tlaxcala se suma a la mayoría: La SCJN despenaliza el aborto y derriba obstáculos burocráticos en su Ley de Salud

Sigue nuestro canal de WhatsApp

Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí

Temas relacionados

HISTORIAS